Condenado a cinco meses de cárcel por menoscabar el sosiego de sus vecinos en Granada
El acusado protestaba por todo, gritaba, golpeaba la pared y profería insultos como «falsos», «perros» «hipócritas» o «payasos»
Una familia de Granada ha comprobado cómo la convivencia vecinal puede llegar a ser un auténtico tormento. Sus miembros recibieron entre 2016 y 2018, insultos ... continuos de un vecino que vivía en el piso contiguo. «Hijos de puta», «falsos», «hipócritas», «perros» o «payasos» fueron algunas de las perlas que les dedicó. Al hombre, que acabó siendo denunciado, le molestaba hasta que sonara el timbre de la otra casa. Por su actitud, por su conducta y por sus palabras, ha sido condenado a cinco meses de prisión.
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El caso, que fue enjuiciado por el Juzgado de lo Penal 3 de la capital, ha terminado en la Audiencia de Granada, que ha confirmado que el acusado cometió un delito contra la integridad moral con la atenuante de alteración psíquica, puesto que padecía en aquellas fechas una «esquizofrenia paranoide».
IDEAL ha tenido acceso a la sentencia dictada por los magistrados de la Sección Segunda del tribunal provincial que ratifican el castigo para este vecino. Así, aparte de los cinco meses de encierro (cuya suspensión podrá instar si carece de antecedentes penales), avalan que se le imponga una medida de alejamiento, para respiro de sus víctimas.
En virtud de esa prohibición, el procesado se habrá de mantener a al menos 200 metros de distancia de la familia vecina, integrada por una pareja y sus dos hijos. Tampoco podrá comunicarse con ellos o entablar ningún tipo de contacto durante dos años.
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Por el perjuicio moral causado, el individuo habrá de indemnizar a la mujer del matrimonio con 1.000 euros por haber sido blanco de sus voces e improperios, tal y como figura en la resolución, fechada el 29 de abril.
En el fallo, que podía ser recurrido ante el Tribunal Supremo (TS), se absuelve no obstante al procesado de los delitos de amenazas y contra la Administración de Justicia que también se le imputaban.
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Los episodios protagionizados por el acusado dibujan un clima vecinal difícil de respirar
Los episodios protagonizados por el acusado que recoge la sentencia dibujan un clima difícil de respirar. El fallo explica que el domicilio del acusado, que entró en cólera cuando supo que había sido denunciado, colinda puerta con puerta con la de la familia víctima de sus insultos.
Residen en el mismo rellano y, desde el interior de su piso, los hostigaba «propinando golpes en la puerta de su vivienda o en el tabique que da a la vivienda de estos o gritando o vociferando». Reaccionaba así cuando algún miembro de la unidad familiar hacía «ruidos normales y propios de su vida cotidiana». También, cuando salían o entraban a su vivienda.
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El hombre se comportaba así «de forma habitual tanto desde el interior de su casa o cuando se los encontraba en el rellano u otras partes de las zonas comunes del inmueble». Les dirigía expresiones vejatorias o insultantes, tales como «hijos de puta» o «me cago en tus putos muertos». A la hija de la pareja la llamaba «bollera, lesbiana o gorda».
La tensión que generaba el procesado con sus palabras causaron a la familia «una permanente situación de temor, desasosiego e intranquilidad». Es más, llegaron a tener que poner una cámara de seguridad en su vivienda y una mirilla digital en la puerta de entrada para observar el pasillo de su rellano.
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Testimonio «irrefutable»
«El testimonio de los miembros de la familia es irrefutable. No solo coinciden en lo vivido sino que cada uno de ellos es capaz de determinar cómo el comportamiento del acusado ha limitado su vida y hasta su propia libertad», señala la Audiencia, que rechaza la versión exculpatoria del acusado. Este negó las acusaciones y su madre sostuvo en el juicio que los insultos iban dirigidos a su propia familia y no a los moradores del otro lado de la pared.
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