La acusación no cree que los abusos más graves hayan prescrito en el caso de sacerdotes
El abogado entiende, a falta de un análisis más pormenorizado, que los hechos "más graves" a los que se refiere el juez instructor no pueden considerarse prescritos
efe
Miércoles, 28 de enero 2015, 14:09
El abogado del joven de 24 años que, con su denuncia, motivó la investigación a un grupo de sacerdotes por supuestos abusos sexuales a menores ... ha considerado que los hechos "más graves" a los que se refiere el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada en su último no estarían todavía prescritos.
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El letrado Jorge Aguilera ha anunciado que así lo hará constar en el escrito que presente al juez Antonio Moreno, quien en una resolución notificada ayer a las partes levantó el secreto de sumario que pesaba sobre las actuaciones y planteó la posibilidad de que algunos de los delitos hubieran prescrito.
El abogado entiende, a falta de un análisis más pormenorizado, que los hechos "más graves" a los que se refiere el juez instructor no pueden considerarse prescritos.
No obstante, dado que el derecho penal es de tipo personal, ha apostillado, habrá que ver con detenimiento cada uno de los hechos que se imputan y sus supuestos responsables para determinar la implicación o participación de cada uno de los doce imputados totales.
Tras un análisis inicial de los 1.600 folios que integran las actuaciones, Aguilera ha señalado asimismo que "faltan por llegar" algunas pruebas que considera esenciales en la investigación de los hechos.
Entre ellas, se ha referido a una pericial del Servicio de Análisis de Conducta de la Unidad Central de Inteligencia Criminal de la Policía Nacional respecto a las manifestaciones de su cliente, quien con su denuncia dio origen a la investigación judicial.
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Asimismo también estaría pendiente otra prueba del Grupo de Delitos Informáticos relacionada con el análisis de todo el material informático que fue incautado durante los registros practicados en distintos inmuebles de los principales imputados.
En el auto el juez concedía a las partes un plazo de diez hábiles a fin de que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido hasta que se interpuso denuncia, informaran sobre la posible prescripción de cada uno de los hechos atribuibles a cada imputado para así delimitar la continuación del proceso.
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Para el instructor, los hechos son susceptibles de infracciones penales por comisión de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, en sus formas de agresiones, abusos o exhibicionismo.
También consideraba que serían aplicables las agravantes de prevalimiento, con diferentes grados de autorías a través de una participación necesaria, cooperación o encubrimiento, e imputables a doce personas -dos de ellas seglares-, de las que cuatro fueron detenidas en su día y puestas luego en libertad con cargos.
Los cuatro arrestados fueron el padre Román, considerado cabecilla del grupo y el único que tuvo que hacer frente a una fianza -fijada en 10.000 euros- para quedar en libertad con cargos, además de otros dos sacerdotes y un profesor de Religión.
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