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Borrador Renta 2014: Pedir, consultar, descargar, solicitar declaración, calendario, plazos
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Borrador Renta 2014: Pedir, consultar, descargar, solicitar declaración, calendario, plazos

Información recomendable y utilitaria para la adquisición del borrador y elaboración de la declaración del vigente curso

IDEAL.ES

Miércoles, 2 de abril 2014, 16:28

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Aviso: La campaña para la Declaración de la Renta de 2013 se inició este martes 1 de abril, con la petición del borrador que nos permita presentar una propuesta de declaración ante la Agencia Tributaria mostrando los datos personales, familiares y económicos del sujeto en cuestión. En Ideal.es resolveremos cada una de las dudas así como los pasos a seguir para solicitar, pedir, consultar, desgargar y hacer borrador, en la página web de la Agencia Tributaria, así como los plazos fijados y el calendario para realizar la Declaración de la Renta de 2013. Los datos dicen que Hacienda devolverá 10.725 millones a 14,6 millones de contribuyentes del IRPF. Ahí es nada.

En cuanto a fechas cabe destacar que este pasado martes se inició el servicio telemático de borrador de la Declaración de la Renta que tiene varias novedades, así como el servicio telefónico de información. A partir de este próximo jueves se inicia la devolución de borradores y no será hasta el 23 de este mes de abril cuando se inicien los servicios telemáticos para la declaración Padre. El 5 de mayo, lunes, comenzará el servicio de cita previa y la presentación de declaraciones no telemáticas. El 12 de mayo se iniciará la campaña presencial hasta el 30 de junio que pondrá punto final a la campaña de Renta. Cinco días antes, el miércoles 25 será la fecha límite para la domiciliación.

En la campaña de la Renta de 2013 cabe destacar la supresión de las declaraciones a mano, asegurándose así Hacienda la presencia de menos errores en la elaboración de la misma. Con anterioridad, hasta 35,000 contribuyentes presentaban la Declaración de la Renta de puño y letra. Además, el programa Padre permitirá más rapidez a la hora de trasladar datos fiscales y familiares a través de la red, y también el ciudadano podrá disponer de un número PIN 24 horas, permanente y válido para futuras declaraciones.

Pero todo se inicia con el borrador de la Declaración de la Renta. Para que el contribuyente pueda obtener dicho borrador directamente desde el sitio en la red de la Agencia Tributaria deberá seguir los siguientes pasos:

En primer lugar habrá que entrar en el apartado denominado Consulta / Modificación / Confirmación Borrador. Una vez ahí, se introducirán una serie de datos que serán requeridos para confirmar el acceso a través del portal digital. Con posterioridad solicitarán el NIF y la casilla 620 de la anterior declaración de la renta. Si en el hipotético caso de que no hubiese sido realizada, o tuviera un 0, el usuario tendrá que introducir su número de cuenta bancaria.

El número de teléfono también le será requerido ya que por vía SMS será enviado un número de referencia que le permitirá consultar, modificar o bien confirmar los datos de su borrador.

En caso de preferir la versión de papel, esta llegará al buzón del domicilio del usuario si este marcó la casilla 110 en la declaración del curso pasado, y que llegará por medio de correo ordinario.

Una vez obtenido el borrador, el usuario deberá revisar la corrección de todos los datos. En caso de salir a devolver, o si decide domiciliar el pago en caso de salir a ingresar, el número de cuenta corriente debe ser el correcto ya que es una de las causas por las que muchos pagos se retrasan en su llegada.

Importante serán las posibles modificaciones, ya que la Agencia Tributaria cuenta con sus limitaciones. Cualquier información que no esté en su base de datos quedará ausente en la declaración del usuario, por lo que podría este renunciar a una importante cantidad desgravada si no se revisa con cautela. Es el caso de datos como la afiliación a un sindicato o el nacimiento de un hijo que la Agencia Tributaria podría desconocer y que también desgravan.

Toda modificación normalmente se llevan a cabo en el borrador: Se trata de, entre otras, deducciones por adquisición, alquiler de vivienda, deducciones automáticas, el nacimiento de un retoño en el último año, aportaciones a planes de pensiones, y por maternidad.

Tras su verificación, el contribuyente podrá confirmar el borrador, adquiriendo así la consideración de la Declaración de la Renta de este ejercicio. Para confirmarlo se puede hacer a través de Internet, por SMS, por vía telefónica y hasta en cajeros automáticos de entidades colaboradoras.

Si es la primera vez que un usuario realiza la Declaración de la Renta, es recomendable el contacto con un funcionario que le facilite dicha tarea, siempre previa adquisición de cita previa. Los servicios telefónicos del 901- 121- 224 estarán disponibles las 24 horas del día. Por vía SMS puede adquirir información en el 638 444- 147. Para modificar y/o confirmar borradores, el 901-200-345 estará disponible desde las 9 de la mañana a las 21 horas.

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