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María Luisa Muñoz, ayer, durante la vista de su caso en Estrasburgo. / EFE
¿Vale la boda gitana?
SOCIEDAD

¿Vale la boda gitana?

La Corte Europea de Derechos Humanos juzga la negativa de la Seguridad Social española a pagar la pensión de viudedad a una mujer

FERNANDO PESCADOR

Miércoles, 27 de mayo 2009, 04:21

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Una gitana puso ayer en Estrasburgo en jaque la dignidad del modelo español de asistencia social, de los que lo administran y de una buena parte del sistema judicial nacional y de las leyes que éste interpreta y aplica. La Corte Europea de Derechos Humanos, una institución que depende del Consejo de Europa (que nada tiene que ver con las instituciones de la Unión Europea), dejó vista para sentencia la causa que enfrenta a María Luisa Muñoz Díaz con el Estado español, a cuenta de la pensión de viudedad que la Seguridad Social le negó en 2001 porque, le dijeron, la boda gitana que la unió en 1971 a su esposo, fallecido en 2000, no la hacía beneficiaria de esos derechos.

A esta María Luisa la llaman 'La Nena'. Nació en 1956 y con su marido tuvo seis hijos. Él era albañil y durante más de 19 años tributó a la Seguridad Social. 'La Nena', vendedora de flores en el madrileño barrio de Oporto, entiende que su matrimonio, aunque por el rito gitano, los frutos de éste y el hecho de que su esposo contribuyera a la caja de la Seguridad Social como le era exigido, la hacen depositaria de un derecho de pensión. La reclamó y no se la reconocieron; primero en la propia Seguridad Social, segundo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y, tercero, en el Constitucional, aunque por el camino un juez admitiera, en los estadios iniciales de su larga reclamación, que la pensión sí que le era debida. Este juez sería desautorizado, después, por sus superiores jerárquicos.

Libro de familia

Las pruebas que ayer presentaba María Luisa en Estrasburgo eran las que siempre han estado sobre la mesa de los tribunales: un Libro de Familia oficial español en el que aparece recogida su unión con su marido y los seis hijos habidos con él, así como el reconocimiento, en 1986, de la condición de familia numerosa por el sistema español de asistencia social.

Sobre la mesa de la Corte reposaban también los argumentos de toda la cadena judicial española, que consideró que 'La Nena' pudo en todo momento poner la relación con su marido en concordancia con las leyes vigentes, moralmente neutras si lo que le preocupaba era el respeto de sus raíces gitanas, y que le hubieran facilitado, automáticamente, el reconocimiento de los derechos civiles que ahora reclama.

A estas alturas, cuando la legislación española reconoce vínculos no tradicionales entre personas, con consecuencias incluso en derecho hereditario, el caso de 'La Nena' parece una escena fuera de foco. Un tribunal externo deberá ahora pronunciarse sobre una situación juzgada por toda la cadena judicial española. El Constitucional, que en 2007 rechazaba el recurso de María Luisa arguyendo sus posibilidades de haber concurrido a un enlace civil con su pareja, recordaba «la necesidad de limitar la pensión de viudedad al vínculo matrimonial, en el contexto de los recursos limitados de la Seguridad Social ante las grandes necesidades existentes». Su argumento adquiere plena dimensión en la España de esta primera década del siglo XXI, cuya población ha aumentado en siete millones de personas en estos últimos diez años.

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