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El abogado del agresor.
El abogado del agresor de Rajoy «cree» que su cliente también «es una víctima»

El abogado del agresor de Rajoy «cree» que su cliente también «es una víctima»

Mateo Balín / agencias

Jueves, 17 de diciembre 2015, 10:16

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El abogado del menor que ayer agredió al presidente del Gobierno y candidato a la reelección, Mariano Rajoy, "cree" que su cliente, al que considera "una víctima", está arrepentido, aunque ha avanzado que si finalmente pide perdón lo hará a través de su representante legal.

Jorge Cubela, abogado del joven de 17 años, ha señalado a la salida de los juzgados de Pontevedra, donde el menor ha sido sometido a una evaluación por parte de un psicólogo y un trabajador social, que el chico "no está vinculado a ningún partido político ni organización de ningún tipo".

Ha abundado en que al permanecer detenido "no es consciente de mucho", por cuanto "está en una burbuja", y ha indicado que sus padres, que son "gente honrada, trabajadora, gente de bien de Pontevedra", están "muy avergonzados" y que la situación "les está sobrepasando".

El abogado ha avanzado que la medida cautelar que solicitará el fiscal de menores "irá encaminada a preservar la identidad del menor" y ha pedido a los periodistas que hagan lo mismo tras haberse publicado "su nombre, dónde vive y estudia", porque "en el fondo, también es una víctima" y porque "se merece tener una vida plena el día de mañana".

No irá a prisión

El delito de atentado contra la autoridad, recogido en el artículo 550 del Código Penal, castiga a los que agredan "con intimidación grave o violencia", "a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos". La pena para estos supuestos es de uno a cuatro años de cárcel, pero si la autoridad contra la que se ha atentado es miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades, diputado, senador, juez o fiscal, el castigo se podría elevar hasta los seis años de prisión.

El joven de 17 años que ayer agredió a Mariano Rajoy no ha cumplido la mayoría de edad, por lo que se le aplicará la ley de responsabilidad penal del menor y no entrará en la cárcel en caso de que fuera condenado. Esta jurisdicción prevé penas que van desde el ingreso en un centro (que puede ser en régimen de internamiento cerrado, semiabierto o abierto) a libertad vigilada o prestaciones a la comunidad.

El juez de menores competente, en este caso el de Pontevedra por ser el lugar donde se cometió la agresión, tiene margen de maniobra para optar por una u otra medida atendiendo a "la edad, las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor". El magistrado debe motivar en la sentencia las razones por las que aplica una determinada medida y su duración, que, previsiblemente, no excederá los dos años en el caso de libertad vigilada o de ingreso en un centro en régimen cerrado, semiabierto o abierto. El régimen cerrado es para delitos de sangre, por norma general, y puede durar hasta seis años.

La ley establece que cuando el menor cumpla 18 años continuará el cumplimiento de la medida "hasta alcanzar los objetivos propuestos en la sentencia".

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