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Foto: Luis Ángel Gómez Vídeo: ATLAS ESPAÑA

Casi 400.000 viudas se benefician de una subida de 58 euros en su pensión

La prestación pasa de 753 euros a 811 euros al mes, aunque solo para un 16,5% de este colectivo, puesto que se exige cumplir unos requisitos

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Miércoles, 29 de agosto 2018, 13:36

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Con siete años de retraso, casi 400.000 viudas verán por fin incrementada su pensión en la nómina de agosto -­y que se abonará el próximo lunes-­ después de que el Gobierno aprobara a finales de julio elevar la base reguladora para calcular su prestación del 52% al 56%, lo que supone una revalorización de casi el 8%, según cuantificó este miércoles el Ministerio de Trabajo. Llega tarde porque esta medida, la de aumentar gradualmente la base reguladora al 60%, fue aprobada en una ley de 2011, aunque daba de plazo ocho años para lograr ese objetivo del 60%, que se cumplirá en enero de 2019. Entonces la subida final ascenderá a más de un 15%. En solo seis meses.

Sin embargo, apenas un 16,5% de este colectivo, que está formado por más de 2,3 millones de viudas, notará este alza en sus bolsillos y verá cómo su prestación aumenta 58 euros al mes: pasarán de cobrar de media 753,97 euros a 811,97 euros al mes. Concretamente, son 390.693 personas, puesto que para poder beneficiarse de este incremento del 7,69% hace falta cumplir una serie de requisitos: tener 65 años o más, no percibir salarios por trabajo ni otra pensión pública y no contar con ingresos por encima de los 7.347,99 euros, que es el límite de rentas fijado para tener derecho a percibir complemento a mínimos.

En realidad, estas condiciones las cumplen un total de 869.261 mujeres -­en femenino, porque ellas son la inmensa mayoría de este colectivo-­, pero de ellas 478.568 no lo percibirán en su próximo ingreso bancario puesto que reciben ya complementos a mínimos. Esto significa que el Estado complementa adicionalmente su pensión hasta el mínimo fijado anualmente en los Presupuestos, por lo que en estos casos ese complemento que reciben se les ha reducido en la misma proporción en que ha aumentado el importe de su prestación. Sin embargo, sí notarán la subida adicional del 3% aprobada en los Presupuestos para 2018, que eleva las pensiones mínimas en todas sus modalidades desde la nómina de julio.

El coste real de esta medida para la Seguridad Social, teniendo en cuenta la compensación parcial que aporta el Estado en concepto de complementos a mínimos, es de 27,5 millones de euros mensuales que ya están incluidos en la nómina de las pensiones de agosto, que por primera vez disparó su gasto por encima de los 9.200 millones de euros. Pero como está previsto que el 1 de enero de 2019 se complete el incremento del porcentaje aplicable en la pensión de viudedad hasta el 60% de la base reguladora, el aumento del gasto anual para el sistema será el próximo ejercicio de 405,2 millones.

Mujeres y octogenarias

La inmensa mayoría de beneficiarios son mujeres (un 98,9%), pero además de avanzada edad, puesto que más de seis de cada diez superan los 80 años. Es más, el grupo más numeroso es el de las viudas de entre 86 y 90 años, que suponen el 25,09%, seguido de las mayores de 90 años, que suman el 21,6%. El grupo entre 81 y 85 años representa el 16,61%.

Las nuevas cuantías se aplican ya de oficio en todas las pensiones de viudedad causadas antes del 1 de agosto y que reúnen los requisitos requeridos, aunque el Departamento que dirige Magdalena Valerio advierte que no recibirán «una notificación individualizada» por carta puesto que «no existe dotación presupuestaria» y les pide que revisen sus nóminas para comprobar si se les ha hecho la mejora.

Asimismo, el Ministerio avisa de que esta actualización no se les aplica directamente a las viudas que residan en el extranjero o a aquellas que sean titulares de una pensión causada según la norma internacional, pues la ley no obliga a ello.

También deben solicitar el incremento aquellos que ya perciban prestaciones de viudedad pero que reúnan los requisitos a partir del 1 de agosto (por ejemplo, que cumplan los 65 años) o a aquellos que no cumplían el requisito de rentas en 2016 (año que se ha tenido en cuenta para aplicar la actualización), pero sí en la actualidad. A todos ellos y a quienes puedan reunir los requisitos y no se les ha aplicado, Trabajo les pide que lo soliciten en la entidad gestora.

Por último, los responsables de la Seguridad Social recuerdan que la subida de casi el 8% no tiene carácter consolidable, es decir, la titular recibirá la mejora en la pensión siempre y cuando siga cumpliendo en el futuro los requisitos exigidos en la ley y que fundamentalmente se basa en que no tenga otros ingresos.

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