Estos son los trabajadores que se podrán jubilar a los 62 años.

Estos son los trabajadores que se podrán jubilar a los 62 años

Con la nueva legislación se busca favorecer la jubilación anticipada para profesiones de especial riesgo y penosidad.

Daniela Londoño

Sábado, 27 de abril 2024, 09:31

Durante la actual legislatura, uno de los principales objetivos del Ministerio de la Seguridad Social es generar una nueva ley que permita la creación de ... un marco actualizado para clasificar profesiones de riesgo y alta penosidad. Esta nueva ley podría afectar a cientos de miles de trabajadores, ya que abriría las puertas a la posibilidad de una jubilación anticipada mejorada. En concreto, la apuesta del Gobierno es permitir que los trabajadores contemplados en esta nueva clasificación puedan pensionarse a los 62 años. Es decir, tres años antes de la edad de jubilación ordinaria temprana.

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Aunque el texto que reglamentaría esta nueva legislación, aún se encuentra en borrador. Por el momento, lo que se ha conocido, apunta a que serán los trabajadores de «actividades en las que pueda acreditarse una mayor penosidad por edad», quienes podrían acceder al modelo de jubilación anticipada. Para certificar tal condición, la norma establecerá un procedimiento mediante el cual se valorarán lo que se ha denominado como «indicadores objetivos susceptibles de control». Igualmente, otra de las condiciones de acceso a esta modalidad de pensión, es que esté contemplada en el convenio colectivo sectorial. Para este caso, las plantillas deberán contar con un 85% de contratos indefinidos.

Por su parte, la delimitación en el acceso a la jubilación anticipada estará dada tras la aplicación de unos coeficientes que definirá la seguridad social. Estos se aplicarán, tal como anuncia el texto borrador, «en casos muy restringidos» y «siempre que no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo». Por lo que se conoce hoy en día de la jubilación anticipada, existen una serie de profesiones que se pueden adherir a ella de acuerdo a su grado de penosidad y riesgo. Todo esto, sin que apliquen los coeficientes reductores de la pensión por adherirse a esta forma de retiro, tal como aplica para el resto de profesiones.

En la actualidad, los trabajadores que pueden acceder a una jubilación anticipada son:

· Trabajadores incluidos en Estatuto Minero

· Personal de vuelo de trabajos aéreos

· Trabajadores ferroviarios

· Artistas

· Profesionales taurinos

· Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos

· Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza

· Policías Locales

· Miembros del Cuerpo de Mossos d´Escuadra

· Policía foral de Navarra

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Por último, mientras se definen los criterios para ampliar este conjunto de profesiones, está claro que la jubilación anticipada seguirá siendo una alternativa para quienes quieran acceder de forma voluntaria al retiro. Esto puede darse, tanto en los casos en que el trabajador no pueda seguir trabajando, como en aquellos que simplemente se opta por salir del mercado laboral antes de cumplir la edad legal de jubilación.

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