El SEPE ofrece una ayuda económica para nacidos antes de 1973 que dura hasta su jubilación
La cuantía es de 480 euros mensuales (80% del IPREM) y cotiza a jubilación con una base del 125% del tope mínimo
Camilo Álvarez
Martes, 11 de noviembre 2025, 12:52
El Serivicio Estatal de Empleo (SEPE) cuenta con una ayuda para quienes han agotado la prestación contributiva y cumplen las condiciones de jubilación. Se ... trata de una cuantía fija y con cotización a la Seguridad Social. Está en vigor desde el 13 de marzo de 2019, el subsidio para mayores de 52 años ampara a personas desempleadas que han agotado el paro y acreditan todos los requisitos de una pensión contributiva, salvo la edad.
La gestión se realiza directamente a travñes del SEPE desde el 1 de noviembre de 2024 y el plazo general para solicitarlo es de tres meses desde el agotamiento. La cuantía es de 480 euros mensuales (80% del IPREM) y cotiza a jubilación con una base del 125% del tope mínimo.
Para poder acceder a esta prestación es necesario, evidentemente, estar en desempleo, además de carecer de rentas propias superiores al 75% del SMI (888 €/mes en 2025) y mantener la inscripción como demandante durante un mes, sin rechazar ofertas ni formación y cumpliendo el compromiso de actividad. Además, se exige acreditar 15 años cotizados, dos dentro de los últimos quince, y seis años de cotización por desempleo.
Existe una salvedad. Aunque entre los requisitos se recoge no tener la condición de persona fija discontinua, desde el 2 de marzo de 2022 también las personas de este grupo pueden acceder si cumplen el resto de apartados.
Los requisitos para solicitar esta prestación son:
-Haber agotado la prestación contributiva o un subsidio por desempleo.
-Ser emigrante retornado que trabajó al menos 12 meses en los últimos seis años en países no UE/EEE y sin derecho a prestación contributiva.
-Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva cuando la privación de libertad haya sido superior a seis meses.
-Haber sido declarado plenamente capaz o con incapacidad permanente parcial tras revisión de gran invalidez, absoluta o total para la profesión habitual.
-Estar en situación legal de desempleo sin derecho a contributiva, habiendo cotizado entre 90 y 359 días.
-También computan cotizaciones realizadas en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en países con convenio de totalización para desempleo. Por lo tanto, guarda bien tus certificados de vida laboral.
Plazos y solicitud
Desde el 1 de noviembre de 2024, el plazo general para solicitar esta ayuda es de tres meses desde el agotamiento de la prestación por desempleo. Se puede pedir la ayuda desde el momento en el que se han cumplido los 52 años y se cumplen el resto de requisitos.
Se pue solicitar de manera presencial en oficinas de empleo o en registros de cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de entidades locales con convenio; y en oficinas de Correos conforme a la normativa. También de forma online en la sede electrónica del SEPE.
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