El SEPE introduce cambios importantes en la cotización de estas personas
Los beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 años verán como sus bases de cotización disminuyen a partir del mes de junio
Alberto Flores
Granada
Martes, 30 de abril 2024, 11:29
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha informado recientemente a través de su página web que realizará cambios relevantes en la cotización de los ... nuevos beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Según establece la nueva normativa, estos cambios harán que las bases de cotización de esta ayuda disminuyan de manera progresiva año tras año. Y comenzarán a aplicarse muy pronto, a partir del próximo mes de junio.
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Una de las características más destacadas del subsidio para mayores de 52 años tiene que ver con el hecho de que se trata de una ayuda que cotiza para la pensión. Es decir, además de ofrecer una cantidad de dinero cada mes también sirve para seguir cotizando de cara a la jubilación. La ayuda está fijada en 480 euros mensuales, el 80% del IPREM, y es posible cobrarla hasta cumplir la edad de jubilación ordinaria.
En lo relativo a la cuantía de la cotización, hasta la fecha esta se fijaba en un 125% como tope máximo. Sin embargo, a partir del próximo 1 de junio de 2024 esa cantidad irá disminuyendo de forma gradual. Y el objetivo no es otro que situar esa cotización en el 100% alcanzado el año 2028.
De este modo, este 2024 disminuirá hasta el 120%, en 2025 bajará hasta el 115%, en 2026 hasta el 110% y en 2027 hasta el 105%. Quedando así el año 2028 como el último año de bajadas para alcanzar el 100%.
Requisitos para cobrar esta ayuda del SEPE
Los requisitos para cobrar el subsidio no experimentarán variaciones. De este modo, tal y como indica la propia página web del SEPE, podrán beneficiarse del subsidio para mayores de 52 años los ciudadanos que cumplan con las siguientes características:
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• Estar en situación de desempleo.
• No tener rentas mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
• Haber cotizado por jubilación 15 años, dos de ellos dentro de los últimos 15.
• Tener cotizados por desempleo un mínimo de 6 años.
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