La multa de Hacienda por revender un décimo de la Lotería de Navidad
La ley prohíbe esta práctica al considerarse como «contrabando y defraudación»
Á. M.
Sábado, 9 de diciembre 2023, 11:03
La Lotería de Navidad está a la vuelta de la esquina. A falta de menos de dos semanas para la celebración del sorteo, los décimos ... y participaciones aún se encuentran a la venta para aquellos jugadores que sueñen con llevarse el 'Gordo' navideño. Algunos se preguntan acerca de si es posible adquirir estos boletos para su futura reventa con un importe adicional. Hacienda ha advertido acerca de esta práctica, que lleva aparejada una multa.
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Según indica la legislación española a través del Real Decreto de 23 de marzo de 1956, que regula la Instrucción General de Lotería, será «considerada la Lotería Nacional como un servicio explotado por parte de la Administración, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio». Esta práctica se considerará como «contrabando y defraudación» a la hora de establecer castigo. Por tanto, la reventa está prohibida salvo en algunas excepciones.
Entidades como asociaciones o clubes pueden revender décimos de Lotería de Navidad por un importe mayor al de la venta general de manera completamente legal. Se trata de una manera de destinar ese beneficio económico al mantenimiento de la organización. Algo para lo que necesitarán autorización por parte de Loterías, ya que es la Administración la encargada de explotar dicho servicio. En estos casos el precio de reventa no deberá superar los 24 euros por décimo, un 20% sobre el valor original.
Sin el permiso pertinente, la reventa queda prohibida. Las sanciones se agravará si el décimo revendido contiene premio, ya que se vincula con un presunto delito de blanqueo de capitales. El vendedor puede ser castigado a pagar más de la mitad del premio que incluye el décimo si se vincula su relación con este delito. Si el comprador demuestra que los fondos recibidos proceden de una actividad legal, simplemente deberá abonar un coste adicional en base a los impuestos estipulados tras hacerse con el décimo con sobreprecio.
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