El Gobierno se está planteando tener en cuenta los años cotizados para las pensiones. Óscar Chamorro
Jubilación en España

El cambio de la Seguridad Social en las pensiones que afecta a los años cotizados

Esta medida implicaría que a la hora de calcular la cuantía a percibir por el beneficiario no se tomaría sólo un porcentaje de la base reguladora de la prestación como hasta ahora

J.M.

Jueves, 11 de abril 2024, 10:23

Tal y como señaló la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante su comparecencia en la Comisión del Pacto de Toledo este ... lunes, el Ejecutivo se está planteando tener en cuenta los años cotizados por el fallecido para calcular la cuantía de la pensión de viudedad, al igual que se hace con las prestaciones de jubilación.

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La Seguridad Social pretende llevar a término una de las reformas más dilatadas de los últimos años en la materia: la reforma de las prestaciones de muerte y supervivencia, es decir, las pensiones de viudedad y orfandad.

Según los expertos consultados, la medida podría suponer un recorte para las prestaciones de los beneficiarios de trabajadores con cortas carreras de cotizaciones (normalmente los más jóvenes), el Gobierno plantea proteger a las viudas y viudos mayores de 65 años y cuya principal fuente de ingresos sea precisamente esta prestación.

Una vez sustanciados los tres puntos que se están negociando ahora en la mesa de diálogo con patronal y sindicatos (sistema de compatibilización de salario y pensión, las jubilaciones anticipadas mejoradas en casos de trabajos de alta peligrosidad y penosidad, y el nuevo marco de colaboración con las mutuas para el tratamiento de la incapacidad temporal) es poner en marcha la reforma de esta prestación.

Un medida, no en vano, a la que el acuerdo de recomendaciones del Pacto de Toledo que suscribieron la totalidad de los partidos políticos -en noviembre de 2020- conmina al Gobierno a modificar en la línea revisar de las pensiones de viudedad «pasa por acomodar la configuración de la pensión a las nuevas realidades sociales y familiares, así como a las circunstancias socioeconómicas de los beneficiarios, a fin de mejorar la protección de los pensionistas sin otros recursos».

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Cuantía inicial

Esta medida implicaría que a la hora de calcular la cuantía a percibir por el beneficiario no se tomaría sólo un porcentaje de la base reguladora de la prestación como hasta ahora. En este momento, la cuantía se sitúa en el 52% de la correspondiente base reguladora, con carácter general, siendo ésta diferente según la situación laboral del fallecido en la fecha del fallecimiento y de la causa que determine la muerte -pudiendo llegar a un 70% de esa base de cotización-.

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