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Jueves, 13 de diciembre 2018, 10:34
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Las ayudas del alquiler que prevén bonificar las rentas de aquellas personas o unidades familiares con necesidades especiales en cuanto a su economía, ya están disponibles para su solicitud. La convocatoria se abrió el pasado lunes 10 de diciembre en toda Andalucía y se agotará cuando se terminen los más de 50 millones de euros de presupuesto consignado.
Pero, ¿qué beneficios tiene la ayuda al alquiler? ¿Dónde debe presentarse el formulario de solicitud? Lo repasamos.
-Ser menor de 35 años o mayor de 65.
-Formar parte de una unidad familiar cuyos ingresos anuales no superen en 3 veces el Iprem o en 2,5 si se trata de una familia numerosa.
-Que los miembros de dicha unidad familiar estén empadronados en la misma vivienda a alquilar.
-Que el alquiler se haya firmado después del 1 de enero de 2018.
-No poseer otro alquiler en vigor.
-Que el arrendador no tenga parentesco cercano con el arrendatario.
-Que el alquiler no supere los 600 euros.
-Con hasta un 75% si el solicitante está en riesgo de exclusión social.
-Con hasta un 50% si se tiene menos de 35 años o más de 65.
-Con hasta un 40% en el resto de casos.
-En la Delegación Territorial de Vivienda de la Junta de Andalucía.
-A través del portal web de la Consejería de Fomento y Vivienda.
-En el Registro telemático de la Junta de Andalucía.
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