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álvaro lópez
Jueves, 15 de noviembre 2018, 11:12
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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la apertura de una nueva convocatoria destinada a ayudar al fomento del empleo en la comunidad andaluza. En esta ocasión la convocatoria es un programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
El plan está dotado con un presupuesto de más de 15 millones de euros a repartir en dos grandes líneas de colaboración que tienen en cuenta la situación actual del trabajador y su edad. No obstante, hay que cumplir una serie de requisitos que se detallan a continuación.
-Ser trabajador autónomo.
-Estar en el Régimen Especial de la Seguridad Social con la reducción de cuota y una antigüedad mínima de tres meses en dicho régimen.
-Estar desempleado en el momento en que se dan de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social.
-Que no hayan recibido antes estas ayudas.
-Que cuenten con un plan de viabilidad para la actividad profesional que se pretende desarrollar mediante estas ayudas.
-Quienes hayan concluido un contrato de formación y aprendizaje en los últimos seis meses.
-Línea 1: diferenciada entre hombres y mujeres que no hayan cumplido aún los 35 años y quienes sí hayan pasado de esa edad. También para personas que tengan un 33% o más de discapacidad, sean víctimas de violencia de género o de terrorismo. Así como aquellas personas que hayan concluido un contrato de formación en los últimos seis meses.
-Línea 2: destinada a favorecer la continuidad de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas, tanto de aquéllas que la están desarrollando en la actualidad como de aquéllas otras que fueron trabajadoras autónomas y han decidido iniciar de nuevo una actividad económica.
Desde ya y hasta que se agote el presupuesto destinado para el programa ya que el mismo no se oferta por competencia sino por necesidades.
-Por un lado la solicitud de subvención se entregará siguiendo el modelo que aporta el BOJA (pincha aquí) y lo mismo sucederá con las reclamaciones que se quieran interponer una vez resuelta la petición del trabajador autónomo.
-Tanto las solicitudes de subvención como las reclamaciones deben presentarse vía telemática a través de la Consejería de Economía en el siguiente enlace.
-El plazo para conocer si se es beneficiario o no de alguna de las ayudas del programa será de hasta dos meses desde el momento en que se presente la solicitud.
-El plazo para recibir la ayuda dependerá exclusivamente del estipulado en la línea que beneficie al trabajador.
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