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La Audiencia de Huelva admite a la Junta como parte perjudicada por los cursos

Rechaza el auto del juez instructor que consideró a la institución autonómica responsable civil subsidiaria del presunto fraude

Lalia González-Santiago

Martes, 21 de junio 2016, 00:55

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha dispuesto revocar el auto del Juzgado de Instrucción 5 de Huelva que consideraba a la Junta de Andalucía personada en la causa de los cursos de formación como responsable civil subsidiaria y acepta el recurso del Gobierno autonómico para indicar que debe considerársele admitida en calidad de perjudicada. La Audiencia corrige un auto anterior que supuso un varapalo para la institución y da un balón de oxígeno a su gestión de los cursos, que ya se vio avalada la semana pasada por la decisión de un juzgado de Jaén de dar carpetazo a la instrucción contra la exdelegada de Empleo en esa provincia, Inés Sabalete, y otros catorce ce altos cargos y funcionarios.

La Audiencia, en un auto dado a conocer ayer, estima el recurso de apelación interpuesto por la letrada de la Junta de Andalucía contra la decisión del juez instructor contra el auto de 17 de mayo de 2016 que desestimaba el recurso de reforma contra el de 22 de marzo en el que llegaba a la conclusión de que la administración autónoma no era perjudicada.

En su recurso de apelación contra el auto del juez nº5, Javier Romero, la Junta, al igual que lo hiciera en el de reforma, argumentaba que en los cursos de formación no se utilizaron fondos de la Unión Europea, sino tan solo fondos propios de la comunidad, por lo que debería aparecer como perjudicada.

El juez había considerado además, y ahora la Audiencia lo rechaza, que «una cosa es hablar de fondos propios de la Junta de Andalucía para contraponerlos a los fondos europeos y otra cosa distinta es utilizar la denominación de fondos propios como equivalente a fondos que pertenecen a la Junta de Andalucía y que puede disponer libremente de los mismos», pues dichos fondos «se han obtenido a través de los impuestos de los ciudadanos» y al Gobierno andaluz «es un mero gestor».

Dejaba también claro el juez que en este caso «los perjudicados son especialmente las personas desempleadas que eran los destinatarios directos de los cursos de formación», por lo que no aceptaba que la Junta figurara personada como parte perjudicada.

Sin embargo, ahora la Audiencia, en contra de lo mantenido por el juez instructor, considera que «no puede admitirse la postura del auto recurrido de que los perjudicados serían los ciudadanos ya que supondría conceder una acción directa a cada ciudadano lo que permitiría intervenir a tantos como entendieran que son perjudicados; ni tampoco lo serían las personas destinatarias de los cursos de formación, al no haber sufrido ningún perjuicio patrimonial».

Recuperar fondos

De este modo, la Audiencia onubense entiende que «en el estadio procedimental en que se encuentra la causa, inicio de la instrucción, procede admitir la personación de la Junta como perjudicada a fin de que pueda ejercitar las acciones para recobrar los fondos que hayan sido defraudados por los beneficiarios de la subvenciones».

Y ello, porque «es la Junta de Andalucía quien deberá de ser resarcida de los daños sufridos como titular de los fondos empleados en los cursos de formación, dada la inexistencia -en principio- de daño económico más allá del que pueda derivar la actividad delictiva de los investigados respecto a la Hacienda Pública andaluza; si se revierte algo de lo defraudado a las arcas públicas lo será en beneficio de toda la ciudadanía», indica.

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