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Los peritos de Griñán avalan con matices la financiación de los ERE

Declaran que no hubo «merma de controles» aunque estos no fueron «precisos» y aseguran que el mecanismo era legal y lo usan otras comunidades

MATEO BALÍN

Viernes, 8 de mayo 2015, 00:31

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Miguel Ángel Martínez y Juan Zornoza Pérez son catedrático de derecho financiero y tributario de la Universidad Carlos III de Madrid. Se trata de los peritos a los que acudió la defensa de José Antonio Griñán y Gaspar Zarrías para contrarrestar el informe de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en el 'caso de los ERE' fraudulentos, donde ambos están imputados junto al expresidente Manuel Chaves y los exconsejeros José Antonio Viera y Mar Moreno. El documento de la IGAE apuntó a que el sistema presupuestario aprobado por la Junta para ejecutar las ayudas sociolaborales fue ideado para eludir los controles.

En cambio, los expertos de parte declararon ayer ante el juez instructor del Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro, todo lo contrario. Dijeron que la IGAE parte de un error de base, que las denominadas transferencias de financiación de los ERE no se utilizaron para conceder las subvenciones, sino para pagarlas. Por lo tanto, dijeron, se trata de una diferencia «como el día y la noche» y se centraron en explicar su funcionamiento para tratar de cambiar la percepción del juez sobre el fraude.

En sus cuatro horas de declaración, los dos catedráticos partieron de que el sistema presupuestario empleado por la Junta para el 'Programa 31L', el de las ayudas a empresas en crisis, «son comprables a las que el Estado dispone» para situaciones similares en otras comunidades. Añadieron que una cosa es el régimen jurídico aprobado y otra el citado sistema de pago. Y defendieron que las ayudas «son subvenciones sujetas al régimen de publicidad y competencia».

El sistema presupuestario para esta partida, desarrollada entre 2000 y 2012, eran las llamadas transferencias de financiación. Se trata de un crédito destinado únicamente a las ayudas sociolaborales, con cabida en las leyes de presupuestos y cuyo mecanismo está avalado por el Constitucional. Permite cambiar dotaciones de partidas según las necesidades de gasto, están sujetas a control y se usan en la actualidad en autonomías como Castilla-La Mancha, País Vasco o La Rioja. «Las transferencias sirven para equilibrar el déficit y eso se comprueba en el informe del interventor», afirmaron los peritos en su declaración, según el acta de la misma. «Esta ayuda supone el 0,32% del presupuesto anual de la Junta y los intrusos fueron el 1%», destacaron.

Los expertos señalaron que las ayudas eran directas y suponía que la autorización del gasto la aprobaba el director general de Trabajo. Esta actuación, dijeron, también podía ser objeto de control. El pago no lo realiza esta dirección sino el Instituto de Fomento Andaluz (IFA), que hace una función de caja para materializar el pago, que no es objeto de una intervención previa porque esa fiscalización la realiza el propio IFA.

«Decir que las transferencias de financiación se han utilizado para evitar los controles es un craso error, no hay merma de controles. Los controles son documentales y no fueron del todo precisos, pero los errores se corregían a posteriori», aseguraron.

Estos también mantuvieron que el interventor de la Junta confundió los términos al comparar el régimen de la concesión de subvenciones con el de las transferencias de financiación (pagos). Y aseveraron que lo que debería comparar aquel es el procedimiento para la financiación de las ayudas mediante transferencias y el que, según él, hubiera sido adecuado.

Con respecto a los informes de cumplimiento realizados por la Intervención General, indicaron que detectaron fallos pero que, de forma general, se cumplía, y subrayaron que los mismos finalizaron sin que se generase alguna señal de alarma.

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