Borrar

Seis meses de cárcel por no evitar un golpe de calor de un trabajador de su invernadero

El trabajador sufrió un golpe de calor con fallo multiorgánico que le hizo entrar en coma

EFE

ALMERÍA

Sábado, 15 de septiembre 2018, 12:52

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a un administrador de una mercantil almeriense a seis meses de prisión por no adoptar las medidas de prevención adecuadas y formar a en esta materia a sus trabajadores después de que uno de ellos sufriese un golpe calor con fallo multiorgánico.

La sentencia recoge que el 7 de agosto del 2015 un peón, que tenía 38 años en aquel entonces, realizaba labores de limpieza de un invernadero de la empresa de la que es administrador el acusado, A.G.V.

El hombre, de origen extranjero, se dedicaba a rastrillar los restos acumulados en dicha estructura tras finalizar la producción, los cogía con la mano y los sacaba fuera del invernadero con «desplazamientos continuos por las líneas de cultivo de tomate».

Según el fallo, comenzó a realizar esta labor sobre las 07:00 horas y no paró hasta las 13:00 horas, reanudando los trabajos a las 16:30 horas.

Sin embargo, sobre las 18:30 horas, cuando aún realizaba esta actividad en la finca ubicada en Campohermoso, en Níjar (Almería), sufrió un golpe de calor con fallo multiorgánico que le hizo entrar en coma.

Así, el peón presentó múltiples focos hemorrágicos intraaxiales en ambos hemisferios, un fallo renal con poliuria, un fallo hepático con hiperbilirombinemia, una hipoglucema severa, un fallo hemodinámico, una neumonía por estafilococo aureus e infección urinaria por pseudomona.

Tras esto, tardó unos 90 días en curarse por completo y permaneció 34 de ellos ingresado en el hospital, donde durante 16 días estuvo en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).

Ha quedado probado que este suceso se produjo a causa del «estrés térmico» al que estaban sometidos los trabajadores dentro del invernadero, una situación que se vio agravada porque «el lugar de trabajo no disponía de puntos de descanso apropiados y por las dificultades de acceso al agua potable».

La juez considera que A.G.V., «máximo responsable de las medidas de seguridad» de la empresa, permitió que sus empleados realizaran sus quehaceres en dichas condiciones sin realizar una evaluación del riesgo por estrés térmico por calor, ni formar e informar a éstos sobre los riesgos, efectos y medidas preventivas para evitar esta situación.

«Todo lo expuesto puso en grave riesgo la vida y la integridad física de los trabajadores del invernadero, a quienes tampoco el acusado realizó una vigilancia de su salud», subraya la magistrada.

Por estos hechos, A.G.V. ha sido condenado a seis meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores, por el que también se le impone una multa de 4 euros al día durante seis meses, y al pago de otra multa de seis meses a razón de cuatro euros al día por un delito de lesiones imprudentes.

No obstante, la pena de cárcel ha sido suspendida durante dos años a condición de que no delinca en este periodo.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios