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Luis Pérez (der.) se aleja de la Audiencia Provincial tras el juicio. Miguel Cárceles
El Caso Facturas llega al Supremo al recurrir 11 de los 14 condenados

El Caso Facturas llega al Supremo al recurrir 11 de los 14 condenados

Ordenan la ejecución de la sentencia para tres de los condenados, los que no han apelado la resolución de la Audiencia Provincial

EUROPA PRESS

ALMERÍA

Jueves, 17 de mayo 2018, 00:15

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El exvicepresidente socialista de la Diputación Provincial de Almería Luis Pérez Montoya y la exsecretaria del Patronato Provincial de Turismo María Teresa González han recurrido en casación ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia que les condena como principales responsables de urdir el plan por el que se saquearon 706.000 euros de las arcas públicas entre los años 2009 y 2011. En total, han impugnado el fallo de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial 11 de las 14 personas físicas que fueron condenadas, así como la entidad Club Almería de Voleibol por el pago de una deuda de 25.000 euros con cargo a los fondos del Patronato Provincial de Turismo mediante la emisión de facturas falsas.

La diligencia de ordenación dictada el martes expide testimonio, asimismo, para que se proceda a la ejecución de sentencia del conocido como caso 'Facturas' con respecto a otros tres condenados que no han recurrido, entre ellos los dos administradores de la agencia de Viajes Leitour, Francisco Javier G.F.M. y Arístides Javier M.B., precisaron fuentes judiciales. Ambos fueron condenados a 23 meses de prisión por la facturación por conceptos no reales después de que sus testimonios en juicio fuesen determinantes para esclarecer la trama. Tampoco ha recurrido la administradora de Viajes Viconos, M.M.Q.

Luis Pérez Montoya fue condenado a siete años y diez meses de prisión por un delito agravado de malversación de caudales públicos mientras que a María Teresa González se le impusieron penas que suman nueve años y diez meses de cárcel por otro delito agravado de malversación en concurso medial con falsedad documental, fraude a la administración e infidelidad en la custodia de documentos ya que ordenó destruir archivos del Patronato de Turismo cuando cambió el gobierno al frente de la Diputación Provincial.

Según los hechos probados, ambos «acordaron un plan» para destinar los fondos públicos del Patronato Provincial de Turismo «a fines ajenos de los que le eran propios, bien para gastos particulares ajenos a la función pública de sí mismos o de otras personas, o bien para fines desconocidos ajenos al destino publico a que estaban destinados» y para su ejecución «se concertaron» con empresarios que contrataban con el Patronato para el suministro de bienes y servicios. De acuerdo a este plan, elaboraban facturas «por unos servicios que no se prestaban o bienes que no se entregaban» y hacían constar en la factura «el concepto que aquéllos les indicaban, generalmente haciendo referencia a servicios que podrían ser propios del organismo autónomo».

Pérez Montoya dictaba resoluciones, previo informe favorable de la exsecretaria delegada, acordando la contratación de bienes o servicios «con conocimiento de que no se iban a prestar pero sí pagar por el Patronato. El exvicepresidente dictó resoluciones, también previo informe de la González Rivera, acordando el pago de facturas que sabían que no correspondían a una prestación real al Patronato. La exsecretaria delegada «participó en la sustracción» de «toda» la cantidad y el exvicepresidente de la Diputación lo hizo en 640.000 euros, lo que representa «una parte importante del presupuesto con el que contaba el Patronato para sus fines de promoción turística de la provincia y supuso un daño a ese servicio público».

La Audiencia Provincial de Almería absolvió a cuatro de las personas físicas que fueron enjuiciadas, José Andrés S.B., Antonio B.O., Gabriel H.G. y Bernardo H.B., aunque sobre este último ya había retirado la acusación el Ministerio Fiscal. También fue absuelta la mercantil 'Viajes Ejisol'. La diligencia de ordenación emplaza a las partes para que comparezcan ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) en un plazo de 15 días.

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