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Lunes, 30 de septiembre 2019, 11:51
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Los responsables del club cannábico 'La Mundial Almeriense', sito en la calle Trajano de la capital, se enfrentaban a hasta cinco años de prisión por un delito contra la salud pública y otro de asociación ilícita. Finalmente, tras la celebración del acto de juicio en la Audiencia Provincial de Almería, J. L. F. M. G. y F. C. F., presidente y tesorera de la organización, han sido condenados a un año de cárcel.
El tribunal de la Sección Segunda formado por los magistrados Luis Columna, Luis Durbán y Soledad Jiménez de Cisneros, esta última presidenta del mismo, ha absuelto a ambos acusados de asociación ilícita, al tiempo que los ha condenado como autores de un el delito contra la salud pública al mencionado año de prisión. Además, deberán abonar una multa de 2.500 euros, con 10 días de responsabilidad subsidiaria en caso de impago.
Considera probado el tribunal, según refleja la sentencia, que J. L. F. M. G. y F. C. F., ambos representados por el letrado Enrique Ocaña Gámiz, junto a una tercer a «no enjuiciada, como secretaria» constituyeron la asociación de ámbito regional subclasificada dentro del ámbito de 'Cannábicas'.
De acuerdo a sus estatutos, expone el texto, la organización tenía fines «medicinales y terapéuticos» así como aportar información sobre el «uso y legalización del cannabis» aunque, expresamente establecían que «no tienen por objeto actividades de cultivo, elaboración, tráfico, promoción, favorecimiento o facilitación de cualquier consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicas».
Apunta la sentencia que el 23 de agosto de 2018, agentes de la Policía Local de Almería durante «labores de control administrativo de locales del centro» accedieron a la sede de la asociación, «facilitándole la entrada F. C. F.». En el interior de la misma hallaron a los acusados y cuatro personas más «fumando marihuana» a quienes «se la había entregado J. L. F. M. G.».
Asimismo, se intervinieron 12 botes y una caja de cartón con cogollos de marihuana, sustancia que tendría un valor en el mercado ilícito de más de 2.000 euros. El tribunal de la Audiencia Provincial ve probado que «la sustancia incautada estaba destinada a la venta» y que eran los acusados quienes se dedicaban a ello, «obteniendo las sustancias de ignorados proveedores, careciendo de cualquier autorización administrativa para la producción y distribución».
No considera acreditado, no obstante, que los procesados «hayan formado una organización con independencia y autonomía» para la «comisión de delito contra la salud pública».
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