Claves para la Renta de 2024 en Almería
Inversiones en energía renovable, gastos de educación y adopciones, entre las deducciones en una campaña que dará comienzo el 2 de abril
Con el mes de abril comienza una de las citas clave de los contribuyentes, la campaña de la declaración del impuesto sobre la renta de ... las personas físicas (IRPF), que en la provincia de Almería suman en torno a 400.000 personas.
Este año, correspondiente al ejercicio de 2024, las fechas clave serán el 2 de abril, cuando ya se podrá empezar a cumplimentar la declaración por internet; el 6 de mayo, día en el que se podrá empezar a hacer por teléfono (con la solicitud disponible desde el 29 de abril); el 3 de junio, para la confección presencial de la declaración (con posibilidad de solicitarla desde el 29 de mayo), y el 30 de junio, como último día para cumplir con el deber como contribuyentes en todos los casos.
Están obligadas a presentar la declaración todas las personas con ingresos superiores a 22.000 euros provenientes de un único pagador, así como los que posean ingresos que superen los 15.876 euros, si se tienen dos o más pagadores y si la suma de las percepciones del segundo y de los siguientes pagadores supera los 2.500 euros.
Este año habrá alguna que otra particularidad concerniente a la DANA que azotó la península en el mes de octubre. De hecho, las cantidades satisfechas con carácter extraordinario por los empleadores a los trabajadores y familiares que vayan destinadas a sufragar los daños personales y materiales están exentas de tributación; si bien, es necesario acreditar la condición de afectado e indicar el importe de los daños con un certificado de la empresa aseguradora o, en su defecto, de un organismo público.
En el capítulo de las deducciones, lo más destacable, en términos generales, es la ampliación del plazo para poder deducir las cantidades destinadas a obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales hasta el 31 de diciembre de 2024. Asimismo, también se amplía el plazo de las deducciones por la compra de coches eléctricos y por la instalación de puntos de recarga correspondientes a todo el ejercicio. Además, las deducciones por donaciones a entidades sin ánimo de lucro aumentan hasta el 80% en los primeros 250 euros, y hasta un máximo del 45% para el importe restante.
Deducciones en Andalucía
Cada comunidad autónoma presenta también sus propias deducciones. Los almerienses, por residir en Andalucía pueden ahorrarse cientos de euros en la declaración de la Renta 2024. IDEAL te detalla las correspondientes a esta región que afecta a los contribuyentes que, durante el pasado año, hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Vivienda habitual protegida
Son aquellas que tengan la consideración de protegida y la realizada por personas jóvenes. Corresponde al 5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por la adquisición o rehabilitación del inmueble que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente. La base máxima de esta deducción será de 9.040 euros.
Alquiler habitual
El importe máximo de deducción será de 600 euros anuales, con carácter general, y de 900 euros anuales, en el caso de que el contribuyente tenga la consideración de persona con discapacidad. Entre las condiciones, que el contribuyente, a la fecha de devengo del impuesto, no haya cumplido los 35 años de edad, sean mayores de 65 años o tengan la consideración de víctima de violencia doméstica, víctima del terrorismo o de persona afectada
Por nacimiento y adopción
Se podrán deducir 200 euros, con carácter general, por cada hijo nacido o adoptado o por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo, administrativo o judicial, en el período impositivo en el que se produzca el nacimiento, la adopción o el acogimiento; y 400 euros por cada hijo nacido, adoptado o por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo, administrativo o judicial si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación. Además, en el caso de partos, adopciones o acogimientos múltiples, la cuantía correspondiente de la deducción se incrementará en 200 euros por cada hijo o, en su caso, por cada menor. Este incremento de 200 euros por cada hijo en el caso de parto, adopción o acogimientos múltiples se aplicará, aunque hubiera fallecido alguno de ellos en el año.
Por adopción internacional
En este caso, serán 600 euros por cada hijo adoptado en el periodo impositivo en el que se haya inscrito la adopción en el Registro Civil, siempre que se trate de una adopción de carácter internacional. Esta deducción resulta incompatible, respecto de los mismos hijos, con la aplicación de la deducción autonómica 'Por nacimiento o adopción de hijos o acogimiento familiar de menores'.
Familia monoparental y ascendientes mayores de 75 años
La cantidad será de 100 euros para contribuyentes que sean padres o madres de familia monoparental en la fecha de devengo del impuesto. La deducción anterior se incrementará adicionalmente en 100 euros por cada ascendiente que conviva con la familia monoparental, siempre que estos generen el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes mayores de 75 años establecido en la normativa estatal del IRPF.
Familias numerosas
En el caso de familias numerosas de categoría general, serán 200 euros; y en el de familias de categoría especial, 400 euros.
Gastos educativos
El 15% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo, el 2024, por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas. El importe máximo de la deducción no podrá superar 150 euros anuales por cada descendiente.
Contribuyentes con discapacidad
En este caso, serán 150 euros por cada contribuyente que tenga la consideración de persona con discapacidad, que son aquellos con un grado de discapacidad reconocido en igual o superior al 33%.
Cónyuges o parejas de hecho con discapacidad
Corresponden 100 euros por el cónyuge o pareja de hecho que cumpla los siguientes requisitos: que no sea declarante del IRPF en el ejercicio y que tenga la consideración de personas con discapacidad en grado igual o superior al 65%.
Asistencia a personas con discapacidad
Otros 100 euros por cada persona con discapacidad que otorgue derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes, conforme a la normativa estatal del IRPF.
Ayuda doméstica
El 20% del importe satisfecho en el periodo impositivo por cuenta del empleador a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar, es decir, que constituya la vivienda habitual del empleador.
Por inversión societaria
El 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en las sociedades mercantiles que revistan la forma de Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Laboral, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral o Sociedad Cooperativa. El límite de deducción aplicable será de 4.000 euros anuales.
También, el 50% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en sociedades mercantiles cuando dichas sociedades han sido creadas o participadas por universidades o centros de investigación. El límite de deducción aplicable será de 12.000 euros anuales.
Defensa jurídica laboral
El importe satisfecho por el contribuyente, en concepto de gastos de defensa jurídica derivados de la relación laboral en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades. La cantidad máxima de deducción será de 200 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
Donativos con finalidad ecológica
El 10% de las cantidades donadas durante el periodo impositivo a favor de este tipo de organizaciones, que pueden ser las entidades públicas dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de corporaciones locales de Andalucía cuya finalidad sea la defensa y conservación del medio ambiente, quedando afectos dichos recursos al desarrollo de programas de esta naturaleza; o las entidades sin fines lucrativos y las entidades beneficiarias del mecenazgo, siempre que su fin exclusivo sea la defensa del medio ambiente y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El límite de deducción aplicable será de 150 euros.
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