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¿Cómo reclamar los daños si la lluvia, el granizo o el viento destroza tu coche?

¿Sabes cómo actuar con el seguro? Primero debes valorar cuál es tu póliza y segundo cuáles son los pasos que se debe seguir

ideal.es

Martes, 12 de diciembre 2017, 10:54

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Es época de ciertas inclemencias meteorológicas. La ola de frío que azota España en estos días puede dejar imágenes de postal y también algún recuerdo en aquellos coches que duermen en la calle. No sería la primera vez que el fuerte granizo deja su sello sobre la carrocería de los vehículos. En ese caso, ¿se sabe cómo actuar con el seguro? Primero debes valorar cuál es tu póliza y segundo cuáles son los pasos que se debe seguir.

Según recoge ABC, en primer lugar, debes saber que, si dispones de la cobertura obligatoria, el vehículo no estará cubierto ante fenómenos naturales, salvo que, al menos, exista una cobertura a daños en robo, lunas o incendio.

Sin embargo, si se dispone de un seguro a todo riesgo, este incluirá también de esos riesgos “extraordinarios” como inundaciones y vientos de racha superior a 120 kilómetros por hora. Pero no incluirá el granizo, la lluvia directa y el peso de la nieve ni los vientos inferiores a 120 kilómetros por hora. Sí lo hará si se incluye la cobertura contra daños meteorológicos. En julio, en Granada, un violento vendaval generó algún que otro problema de circulación.

Atención: Desde el pasado 1 de julio de 2016, todos los coches asegurados con una póliza de responsabilidad civil de automóviles en España pasan a estar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) por los daños materiales producidos por riesgos extraordinarios sin necesidad de tener contratada la cobertura. Se debe contactar con el CCS lo más pronto posible a través de diferentes medios.

La forma más rápida y sencilla es presentar la solicitud por teléfono (902 222 665 o 952 367 042) o bien a través del portal del Consorcio de Compensación de Seguros. También se puede hacer a través de un escrito dirigido a la Delegación Regional del Consorcio correspondiente, dependiendo del lugar de los hechos, rellenando la ‘Hoja de Comunicación de Daños’ y enviando la documentación necesaria. Puede ser un método más tardío.

Finalmente, cabe destacar que en caso de solicitar indemnización por daños personales (fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal) el trámite es similar al comentado con anterioridad. Se puede enviar la documentación necesaria por correo ordinario a la dirección Paseo de la Castellana, 32, al 28046 de Madrid, con dirección al CCS, concretamente, al departamento de siniestros.

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