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Martes, 20 de febrero 2018, 12:16
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Alfredo F.M. era el conductor de un Volkswagen Golf que fue captado el pasado junio por un radar. Circulaba a 228 kilómetros por hora en la A62. Ahora, un tribunal ha anulado la multa de 1620 euros y la sanción de dos años de retirada del permiso impuesta en un juicio rápido celebrado en agosto. Lo consiguió, curiosamente, por una frase pronunciada por el agente de Tráfico de la Guardia Civil cuando le detuvo. “¿Sabe por qué le hemos parado?”, le cuestionó.
La prueba de cargo contra él fueron una serie de respuestas vagamente inculpatorias que facilitó a dicha pregunta. Fue detenido durante una hora y diez minutos en la autovía a 40 kilómetros del dispositivo que le captó, según recoge ‘El País’. Respondió que “más o menos” sabía el motivo de la detención y preguntó por la sanción que podría acarrear el exceso de velocidad. Le detuvieron por un delito contra la seguridad de tráfico y él se negó a declarar ante las autoridades. Así te multa un radar.
En el juicio negó ser el conductor del vehículo y aportó una declaración firmada por su pareja en la que aseguraba que ambos condujeron el coche tanto en la ida como en la vuelta. Tras rebasar el radar en la localidad de Carpio de Azaba, los ocupantes se detuvieron para descansar en Ciudad Rodrigo donde “hubo un cambio de conductor”. La imagen del dispositivo no captó el rostro del piloto. Este podría ser otro detalle que podría hacer que se te anulase una sanción de la DGT.
La Audiencia mantiene su convencimiento de que el exculpado era el infractor, pero considera que exigirle que identificase al otro posible conductor equivale a tener que demostrar su inocencia para no ser declarado culpable, lo que atenta contra la presunción de inocencia. Además, creen que hay “tiempo y espacio suficiente para admitir como posible” el hecho de que en esos 70 minutos que transcurrieron desde la fotografía hasta la detención, y durante esos 40 kilómetros que circuló, condujera otra persona.
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