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El Supremo indemniza a un padre acusado sin pruebas de abusos sexuales a sus hijos

Los menores, de 3 y 6 años, "presentaban unos comportamientos sexuales explícitos totalmente impropios de su edad" y llegaron a relatar juegos con su padre relacionados con estos comportamientos

efe

Miércoles, 12 de octubre 2016, 13:26

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El Supremo ha valorado en 10.000 euros la "pena de banquillo" sufrida por un padre que fue acusado de abusos sexuales sobre sus dos hijos menores e ingresó en prisión preventiva, para que finalmente todo se sobreseyera por falta de pruebas.

Los menores, de 3 y 6 años, "presentaban, consigo mismos y con sus compañeros en el colegio, unos comportamientos sexuales explícitos totalmente impropios de su edad que, de inicio, fueron detectados por las autoridades escolares", relata la sentencia de la Sala Contencioso Administrativo del Supremo. Los propios niños llegaron a relatar juegos con su padre relacionados con estos comportamientos, lo que condujo a una actuación policial, una denuncia ante el juez, la prisión preventiva para el hombre (en la que pasaría varios meses) y hasta la acusación particular contra él ejercida por su mujer y madre de los niños.

Los menores fueron explorados, inicialmente, por los peritos de los Juzgados y describieron, con juegos, los comportamientos sexuales de los que venían siendo objeto. Sin embargo, en un examen posterior, esta vez a cargo de los psicólogos de los juzgados, éstos concluyeron que únicamente habían encontrado indicios de un posible juego exploratorio entre menores.

"El conjunto de los datos periciales no permite confirmar la sospecha de abuso sexual" por parte de ningún adulto, concluyó el examen pericial, que apuntó que, en todo caso, se habían producido "juegos exploratorios entre menores". El informe fue firmado el 14 de abril de 2010 y dos días más tarde el reo salió en libertad y se le permitió una más abierta comunicación con los menores, a los que apenas pudo ver durante la parte más dura del proceso. En este punto, además, su mujer, con la que sigue casado, dejó de ejercer la acusación particular contra él y se apartó del proceso.

La defensa del acusado solicitó una indemnización basándose en un error judicial, pues desde su punto de vista ha quedado acreditado que no existió el hecho en sí, es decir, que no hubo abusos sexuales (y no solamente que no se haya demostrado la culpabilidad del acusado).

Sin embargo, la Audiencia Nacional primero, y el Supremo ahora, valoran únicamente un funcionamiento anormal de la Justicia, en el sentido de que una vez se firmaron los informes periciales, se tardó aún seis meses en sobreseer la causa. "Lo que lleva al sobreseimiento provisional, tal y como se recoge en el informe del Ministerio Fiscal que le sirve de base, es que no se considera acreditado la debida comisión por el padre de los menores del delito de abusos sexuales objeto de imputación ya que los indicios de criminalidad que en el inicio concurrían respecto del imputado quedaron degradados a meras sospechas", dice la sentencia.

Sin embargo, sí se ha producido un retraso injustificado en el tiempo tardado en sobreseer la causa una vez se produjeron los informes periciales que ponían en duda la existencia de los abusos, pues desde que se dio traslado al fiscal, en noviembre de 2010, para que decidiera si mantenía o no la acusación, hasta que finalmente éste pidió el archivo, pasaron seis meses sin razón para ello.

Se ha producido un funcionamiento anormal por paralización procesal indebida, concluye el Supremo. Y ese retraso debe ser indemnizado porque supuso "un daño moral ante la "pena de banquillo", especialmente gravosa cuando se trata de delitos claramente infamantes, y el mantenimiento en el tiempo de las medidas cautelares que implicaban restricciones, que no suspensión total, en el contacto normalizado con los hijos", añade el tribunal.

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