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Cosas que cubre tu seguro de hogar y que desconocías hasta ahora

Cosas que cubre tu seguro de hogar y que desconocías hasta ahora

Consulta algunas de las coberturas menos comunes de las pólizas

IDEAL GENTE

Domingo, 3 de mayo 2015, 11:52

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Seguramente, alguna vez, te has hecho cargo de roturas, siniestros o accidentes que en realidad los debería haber asumido la compañía aseguradora del hogar. Es un dato importante, ya que cobra una prima alta cada año. Aunque, las coberturas dependerán de cada compañía y del tipo se seguro que se haya contratado.

Las asociaciones de consumidores recomiendan, por tanto, leer el contrato con detenimiento porque existen ocasiones en las que las compañías incluyen cláusulas que sumar valor a la prima y que el usuario asegurado desconoce.

Esta es la lista que según los colectivos de Al Andalus, UCE y Facua recomiendan leer a los asegurados y que por tanto, son las cláusulas más desconocidas que pueden contener el seguro del hogar:

-Servicio de control parental de Internet, además de asistencia gratuita que ayuda a regular qué páginas pueden visitar los hijos.

-Servicio para móvil y tablet.

-Gastos de asistencia sanitaria por lesiones.

-Coste de la reobtención de documentos como DNI: Por pérdida o robo.

- Robo fuera de casa: El seguro suele cubrir esta claúsula, además de la indemnización por ropa estropeada o manchada, joyas robadas, relojes y objetos personales que la persona llevase en el momento del robo.

- Rotura de lunas, cristales, espejos y placas vitrocerámicas, entre otras. La aseguradora se suele encargar de reponer estos elementos si se rompieran.

- Alimentos deteriorados en el frigorífico. El seguro cubrirá los alimentos que no sean comestibles a consecuencia de una avería del electrodomésticos o un apagón eléctrico, normalmente un máximo de 600 euros de indemnización.

-Daños de animales de compañía.

-Uso fraudulento de la tarjeta de crédito.

-Daños eléctricos. Normalmente, producidos por sobretensiones y cortocircuitos sobre aparatos eléctricos.

- Daños causados a terceras personas (responsabilidad civil): Normalmente, daños que de forma involuntaria podamos causar a alguien.

- Garantía de daños estéticos. Por ejemplo, si tras un escape de agua se necesitara una mano de pintura, estaría cubierto por el seguro.

-Servicio urgente de reposición de electrodomésticos.

-Servicio de cerrajería.

-Servicio de bricolaje. Las aseguradoras ofrecen un servicio de manitas en el hogar.

-Servicio de asistencia informática.

-Asistencia en viaje.

-Daños en la campana extractora por haberse prendido el aceite de la sartén.

-Localización y bloqueo de dispositivos móviles en caso de pérdida, robo y hurto.

-Rotura de placas solares.

-Daños ocasionados en el mobiliario de la cocina.

Estas son las clausulas viables que puede cubrir un seguro, aunque quedan excluidas, en este caso, la pérdida de dinero, robo de joyas (solo 300 euros), obras de arte y antigüedades.

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