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10 años de cárcel por apuñalar a su mujer al sospechar que le era infiel

10 años de cárcel por apuñalar a su mujer al sospechar que le era infiel

Los jueces señalan que está "exento" del intento de homicidio o asesinato al "haber desistido" y "tratar de evitar la muerte"

europa press

Miércoles, 26 de octubre 2016, 12:32

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a penas que suman un total de diez años y seis meses de prisión al hombre acusado de asestar 15 puñaladas a su mujer y herir al varón que estaba con ella en un coche, con el que su marido creía que le era infiel.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el varón ha sido condenado a cuatro años y seis meses de cárcel y siete años de orden de alejamiento, por un delito de lesiones ejecutado con instrumento peligroso, con las circunstancias agravantes de alevosía, ensañamiento y parentesco y la circunstancia atenuante de confesión, así como tres años de prisión y seis años de orden de alejamiento, por un delito de maltrato familiar habitual. También, deberá indemnizarla con 58.629 euros, por el tiempo que tardó en curar y por las secuelas.

Por otra parte, le condenan a tres años de cárcel y cinco años de orden de alejamiento por un delito de lesiones ejecutado con instrumento peligroso sobre el hombre que se encontraba con su mujer en el momento de los hechos, y a quien deberá indemnizar con 25.325 euros, por el tiempo que tardó en curar y por las secuelas.

En este sentido, los magistrados mantienen que el acusado está "exento" del delito de homicidio o asesinato en grado de tentativa "por haber desistido del mismo cuando se encontraba ejecutándolo y por haber tratado de evitar la muerte de la mujer con los medios a su alcance".

Al hilo de ello, subrayan que la versión de la mujer es "muy creíble", al ser "atacada con serio riesgo de morir", de manera que "el acusado asesta 15 puñaladas a su víctima, algunas de las cuales son por propia naturaleza mortales, como han puesto de manifiesto los forenses", para lo cual utiliza "una navaja de seis centímetros de hoja, apta en potencia para matar".

Además, señalan "el repentino cambio de actuación" del procesado, que "pasa de apuñalar repetidamente a su mujer, tratando de matarla, a requerir la asistencia urgente de los servicios sanitarios", de modo que recogen la versión del acusado, porque "es muy verosímil y se corrobora periféricamente por los demás datos que obran en la causa --grabación de su llamada al 112 y conversaciones telefónicas con agentes de la Policía Local--, sin que haya sido desmentido por ninguna otra versión creíble".

Igualmente, en la resolución se apunta que "el comportamiento maltratador" que ha mantenido "a lo largo del tiempo" se fundamenta en la propia versión de la víctima y las declaraciones de la hija de ambos --entonces menor de edad y ya hoy mayor de edad--. Unas declaraciones que los jueces califican de "estremecedoras" y que "albergan la cruel realidad de lo vivido por estas personas", al tiempo que "son testimonios totalmente avalados por la pericial", agregan.

Los hechos

En concreto, se da por probado que el procesado, de unos 37 años de edad en el momento de los hechos, y su mujer fueron pareja "desde la adolescencia" y contrajeron matrimonio en marzo de 1997; han tenido dos hijos, y han convivido en la localidad cordobesa de Palma del Río.

Según los magistrados, en todo momento de la relación, también en los últimos años, el acusado, "con la intención de menoscabar su integridad corporal y su dignidad", a presencia de sus dos hijos menores de edad y en la casa que habitaban, "le ha dado golpes, empujones, puñetazos", a la vez que la ha insultado.

Además, durante ese tiempo, el hombre ha ejercido "un control coercitivo permanente en todos los aspectos de la vida" de la mujer, sobre el trabajo, el dinero, la relación con su familia y amigos, etc, "llegando a aislarla social y familiarmente". Esta actitud ha sido "constante durante la convivencia" y le ha generado a ella "un desajuste psicológico grave de carácter crónico e inadaptación en todos los aspectos de la vida, necesitando terapia psicológica especializada".

En cuanto a las lesiones, los jueces detallan que en la noche del día 15 de marzo de 2013, el procesado, "desconociendo dónde estaba su esposa", la localizó en un paraje de campo próximo a La Puebla de los Infantes (Sevilla), a través de una aplicación informática para móvil instalada en el teléfono móvil de la mujer, "sin que ella lo sepa".

Así, se dirigió al lugar, aparcó el coche junto a una tapia, se acercó al sitio que le marcaba la aplicación y encontró a la mujer junto a un hombre en el interior del coche de ella, si bien se quedó apostado tras un árbol, aunque ella lo descubrió, momento en el que el acompañante de la mujer salió del vehículo.

En ese instante, el acusado salió a su vez de detrás del árbol y se abalanzó sobre él "con la intención de pegarle, cayendo al suelo éste y levantándose de inmediato, forcejeando los dos de frente y propinándole entonces" el procesado al hombre "tres puñaladas con una navaja multiusos de seis centímetros de hoja, que llevaba abierta", a la vez que huyó del lugar el herido.

Mientras esto ocurría, la mujer dejó el asiento posterior del coche que ocupaba y se sentó en el del conductor, tratando de maniobrar para huir del lugar, siendo entonces cuando su marido se acercó al coche, trató de abrir la puerta del conductor y, como no lo consiguió porque la mujer había bloqueado el acceso, "de manera imprevista rompió el cristal y, queriendo matarla, le asestó con la navaja 15 puñaladas --una en la cara y las restantes en el tórax--", a la par que la insultaba y le decía: "'Te voy a matar, te voy a enterrar'", mientras ella estaba "acurrucada en sí misma".

Tras esto, el procesado "súbitamente" dejó de apuñalar a la mujer, "taponó una de las heridas por la que manaba abundante sangre y llamó al 112, para que auxiliaran a la víctima, llegando la Policía Local y los servicios médicos al poco tiempo", que trasladaron a la mujer a un hospital, en donde la intervinieron de urgencia.

Como consecuencia del incidente, la mujer, de 35 años de edad, sufrió múltiples heridas incisas de diferentes longitudes --algunas de poca profundidad que afectaron a la piel y otras más profundas que afectaron al sistema vascular y respiratorio--, entre otras lesiones que "pusieron en serio riesgo su vida". Ha tardado en curar 180 días, de los que todos ellos ha estado impedida para sus ocupaciones habituales y seis de ellos ha estado ingresada en un hospital.

Asimismo, le han quedado secuelas como "perjuicio estético moderado a consecuencia de las cicatrices"; diferentes limitaciones de movilidad, y trastorno de estrés postraumático severo, entre otras.

Mientras, el varón que estaba con ella, de 30 años de edad, sufrió una fractura cerrada de la cabeza; una contusión en el hombro derecho, y diversas lesiones, de las que tardó en curar 365 días, de los que todos ellos estuvo impedido para sus ocupaciones propias y seis de ellos además hospitalizado. También, le han quedado secuelas, como cicatrices y trastorno por estrés postraumático.

Entretanto, los magistrados señalan sobre el conocimiento de la mujer respecto de la aplicación de móvil referida que "una mujer maltratada y atemorizada por su marido no se arriesga a verse con otro hombre si sabe que su marido puede localizarla fácilmente".

Cabe recordar que la Fiscalía pedía para el acusado penas de 17 años y cinco meses de cárcel, órdenes de alejamiento por unos 17 años sobre la mujer y por unos seis años sobre el otro hombre; la acusación ejercida por la mujer solicitó 18 años de prisión y orden de alejamiento por unos 30 años, y la acusación del varón herido, 17 años y cinco meses de cárcel.

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