Edición

Borrar
Unai H. en una imagen anterior a su enfermedad.
Condenan a una parroquia a pagar 840.000 euros al niño que perdió las piernas en un campamento

Condenan a una parroquia a pagar 840.000 euros al niño que perdió las piernas en un campamento

Unai H.A., que entonces tenía ocho años, sufrió un shock séptico derivado de un brote meningítico

europa press

Lunes, 4 de julio 2016, 10:57

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La parroquia de Santo Tomás de Aquino de Valladolid deberá indemnizar con más de 840.000 euros a los padres de un menor que en el verano de 2010, cuando contaba con 8 años y participaba en un campamento, sufrió un shock séptico derivado de un brote meningítico y, a causa de la gravedad de su estado, fue necesario amputarle ambas piernas por debajo de las rodillas, según informaron fuentes jurídicas.

Han tenido que pasar seis años para que los padres de Unai H.A, hoy con 14 años, reciban "aunque ya sin mucho consuelo", en palabras de su madre, Beatriz, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid que estima la reclamación de la familia y que, además de los 125.000 ya abonados por Seguros Bilbao, condena a la Parroquia de Santo Tomás de Aquino, sita en la calle Álvarez Taladriz y perteneciente al Arciprestazgo Sur, a sumarse al capítulo indemnizatorio con otros 840.549,03 euros ante las gravísimas secuelas que padece y que "inciden de manera muy relevante en su integridad física y moral".

De hecho, el niño, el mediano de tres hermanos, no sólo ha tenido durante mucho tiempo como compañera de viaje una silla de ruedas, hoy sustituida por unas prótesis para poder andar, sino que desde la fecha de los hechos sufre insuficiencia renal crónica y perdió igualmente dos falanges de la mano derecha, con lo que seis años después aún no ha recibido el alta médica y a menudo viaja a Madrid para pasar consulta en hasta cuatro servicios de distintas especialidades.

Los hechos que la familia vive aún como una "pesadilla", que en todo el proceso civil ha estado asesorada por El Defensor del Paciente, se remontan a los primeros días de agosto de 2010, cuando Asier, el mayor de los tres hermanos, y Unai, de 10 y 8 años, respectivamente, acudieron a un campamento de verano que la parroquia ahora condenada, en la que llevaban dos años de catequesis, había organizado en la localidad palentina de San Salvador de Cantamuda.

Fue el día 6 cuando Unai, tras realizar una marcha a pie, empezó a sentirse mal, con dolores en una pierna, cansancio y fiebre, ante lo cual los monitores del campamento le suministraron ibuprofeno y acordaron que se quedara en la cama reposando.

A la mañana siguiente, dado que se mantenían los mismos síntomas, los monitores, sin consultar a los padres ni facultativo alguno, le mantuvieron en la cama todo el día, hasta que sobre la hora de comer del día 8 --durante la madrugada había vomitado--, optaron por acudir al médico de Cervera de Pisuerga tras percatarse de las manchas que presentaba por todo el cuerpo.

Allí se le diagnosticó un cuadro compatible con shock séptico por meningococo y se le derivó inicialmente al Hospital Río Carrión de la capital palentina, si bien finalmente fue trasladado al Hospital Clínico Universitario de Valladolid, donde se le diagnosticó un shock séptico de origen no filiado con fallo multiorgánico.

Su gravísimo estado obligó a amputarle las dos extremidades inferiores y dos falanges de la mano derecha, lo que le mantuvo hospitalizado a partir de entonces por espacio de ocho meses, la mitad en el Clínico Universitario y el resto en La Paz, en Madrid, hasta abril de 2011.

La parroquia condenada durante el juicio por estos hechos en calidad de demandada, alegó que los monitores del campamento eran voluntarios sin vinculación laboral alguna con ella, así como que la asistencia dispensada al menor fue la pautada por la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria y que el carácter inespecífico de los síntomas que presentaba y las características de la enfermedad impidieron una reacción más rápida a la hora de acudir a un facultativo.

"En manos de personas sin experiencia"

Sin embargo, el juzgador entiende que el "reproche culpabilístico" no debe fundamentarse en la actuación de los monitores, sino en la previsión de eventuales daños a los menores en la organización de una actividad potencialmente peligrosa, en un entorno carente de medios adecuados para el diagnóstico, y que se puso en manos de personas carentes de experiencia y titulación para afrontar la situación que desencadenó la producción del daño".

El juzgador precisa que los monitores adoptaron una decisión que, "es lo relevante, habría podido ser muy otra, si como resultaba aconsejable, el campamento hubiera dispuesto de personal facultativo o incluso de un mejor acceso a un centro médico".

"Es esa puesta en riesgo, asumida por la organizadora de la actividad objetiva y potencialmente peligrosa, tratándose de menores al aire libre y sin disponer de medios adecuados para una valoración de las incidencias que pudieran sobrevenir en el curso de la actividad, la que, a criterio de este juzgador, justifica el reproche culpabilístico".

De hecho, como así señala el letrado de El Defensor del Paciente, Santiago Díez, a raíz del caso de Unai la organización del campamento varió al año siguiente el protocolo de actuación con una directriz muy clara: "El modo de proceder ante la aparición de síntomas de enfermedad sería acudir al centro de salud más cercano. Posteriormente nos pondremos en contacto con la familia para comunicarle el informe médico", reza la nueva directriz.

"Con la sola aplicación de este protocolo, del más elemental sentido común, el niño hubiera estado atendido médicamente desde el primer momento y el proceso infeccioso se hubiera atajado inmediatamente sin llegar a las gravísimas consecuencias que tuvo", se queja el letrado.

La madre de Unai, que se dedicaba a limpiar casas, tuvo que dejar su trabajo para dedicarse a tiempo completo a su hijo y el padre, empleado en la imprenta Macrolibros, la misma que sufrió un grave incendio en noviembre de 2015, logró un permiso de la empresa sin dejar de cobrar la nómina.

"No han pedido perdón"

La progenitora del menor, en declaraciones a Europa Press, explica que su mayor reproche radica en que no se les avisara de que Unai se encontraba mal, que se le medicara sin su consentimiento y que no se le llevara a un médico, pero sobre todo que el niño fuera traslado a Valladolid solo en una ambulancia y que nadie de la parroquia "haya dado la cara, ni se haya pasado por el hospital, ni haya pedido perdón".

La tortura de Unai no ha acabado porque, como así explica Beatriz, en 2014 y 2015 tuvo que pasar de nuevo por quirófano para que se le amputara hueso de ambas piernas, algo que, como así precisa, volverá a repetirse mientras dure su proceso de crecimiento. "Su vida ha cambiado y la nuestra también", lamenta la madre, quien con un nudo en la garganta recuerda que Unai era un apasionado al fútbol y estaba federado en el club Unión Deportiva Sur.

"No soy la más indicada para hablar con él sobre el tema porque me echo a llorar y entonces él llora también. Me suele decir que yo lo llevo peor que él", lamenta Beatriz, quien tiene palabras de agradecimiento para todas aquellas entidades y personas que durante estos años han impulsado distintos acto benéficos que han permitido sufragar parte de los costes del tratamiento del menor.

Con todo, la 'primera batalla' la han ganado los padres de Unai pero no la 'guerra', toda vez que la parte demandada ya ha anunciado su pro

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios