Edición

Borrar
El presidente del Tribunal Supremo y del CCPJ, Carlos Lesmes.
Lesmes no admite el amparo a tres jueces de la Audiencia Nacional

Lesmes no admite el amparo a tres jueces de la Audiencia Nacional

La Comisión Permanente del CGPJ considera, por tres vos a dos, que las críticas del Gobierno a la excarcelación de etarras no afectaron a su independencia

Mateo Balín

Martes, 27 de enero 2015, 14:54

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado, por tres votos a dos, inadmitir la petición de amparo planteada por los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Manuela Fernández Prado, Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez Valcárcel, en relación con diversas declaraciones de miembros del Gobierno y del portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso a propósito de decisiones del tribunal en materia de acumulación de condenas extranjeras y abono de tiempo de cumplimiento de varios presos etarras.

El acuerdo aprobado señala que el Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial establece como requisito para admitir las peticiones de amparo que las actuaciones denunciadas no solo lesionen el valor de la independencia judicial, sino que, además, influyan en los procesos decisionales.

En este sentido, los tres miembros de la Comisión Permanente que han rechazado el amparo, el presidente Carlos Lesmes y los vocales José Manuel Fernánde y Gerardo Martínez Tristán, los tres procedentes de la carrera judicial, consideran que la independencia como presupuesto de la actuación jurisdiccional no se puso en entredicho en la medida en que no existió riesgo alguno de que las conductas descritas por los solicitantes pudieran influir en el sentido de la decisión, que ya había sido adoptada.

El texto del acuerdo, sin embargo, estima que algunas de las declaraciones públicas realizadas por responsables políticos reseñadas en el escrito de solicitud de amparo carecen de una justificación mínimamente razonable y son un exceso no justificado de crítica de las decisiones judiciales que no solo comprometen el deber de respeto hacia las decisiones judiciales, sino que, además, transmiten a los ciudadanos una imagen distorsionada de la Justicia y del principio constitucional de separación de poderes".

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios