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Seis años de cárcel por degollar y matar con un cúter a una mujer en Pozo Alcón

El cadáver de la víctima permaneció oculto en su leñera al menos once días hasta que finalmente fue descubierto

EUROPA PRESS

JAÉN

Martes, 13 de febrero 2018, 17:00

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La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a seis años de prisión a C.C.L., el vecino de Pozo Alcón que en marzo de 2016 fue acusado de matar a una mujer, también vecina de la misma localidad, de 63 años, a la que degolló con un cúter y cuyo cadáver permaneció oculto en su leñera al menos once días hasta que finalmente fue descubierto.

Por estos hechos el Ministerio Fiscal reclamaba nueve años y medio de cárcel por un delito de homicidio. El juicio con jurado estaba previsto que se celebrara este miércoles en la Audiencia de Jaén. Las partes han alcanzado un acuerdo previo en virtud del cual no es necesaria la celebración del juicio. De esta forma, C.C.L. se ha declarado culpable y ha aceptado una pena de seis años que cumplirá en un centro psiquiátrico penitenciario.

Además, el acuerdo recoge el pago de indemnizaciones por valor de 150.000 euros que irán destinados a la madre y a las hermanas de la fallecida.

Tal y como relataba el Ministerio Fiscal en su escrito de calificación y que finalmente ha servido de base para el acuerdo, según han informado fuentes judiciales, el 15 de marzo de 2016, C.C.L. ingresó por voluntad propia en la Unidad de Salud Mental del Hospital San Juan de la Cruz, en Úbeda ya que desde hacía años venía padeciendo problemas mentales.

El 26 de marzo, estando ingresado, pidió a su familia que se acercaran a su casa, en el número 10 de la calle Boladero, en Pozo Alcón, porque había "un perro muerto en la leñera". Fue un hermano del acusado el que accedió a la vivienda y descubrió el cadáver en avanzado estado de descomposición en un trastero que venía utilizándose como leñera.

La Fiscalía ha considerado que en el momento de los hechos, C.C.L. tenía alteradas parcialmente su capacidades cognitivas y volitivas como consecuencia de "una esquizofrenia paranoide de carácter crónico y afección continua, con sintomatología delirante de persecución".

Es precisamente por el reconocimiento del estado mental del ya condenado lo que ha llevado al Ministerio Público a aplicar la eximente incompleta de alteración psíquica, algo que finalmente ha quedado recogido en la sentencia.

El Ministerio Público establece que la muerte se produjo en una fecha no determinada entre los días 12 y 15 de marzo de 2016. Según el escrito de acusación del fiscal, el acusado recibió en su casa la visita de Josefa, a la que describe como "una conocida" y a la que invitó a pasar a la vivienda.

Fiscalía establece que aparentemente no había relación entre víctima y acusado y que fue en el interior cuando "sin motivo aparente, C. C.L. decidió atacar "violentamente" a Josefa, asiendo en una de sus manos un cúter que había sacado de uno de sus bolsillos". De esta forma, le propinó "un gran corte en el cuello, de unos 12 centímetros de longitud".

Como consecuencia de la herida, la mujer cayó "de forma fulminante al suelo" y "se desangró incesante y velozmente". Una vez muerta, el acusado trasladó el cuerpo a la leñera y tras limpiar el escenario decidió ingresar voluntariamente en el hospital donde a los días acabaría pidiendo a su familia que mirara en la leñera.

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