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Cuando el 'sí quiero' se borra para siempre

Cuando el 'sí quiero' se borra para siempre

La nueva norma de la Iglesia sobre nulidades duplica las solicitudes en Jaén, mucho más baratas y rápidas

Miguel Ángel Contreras

Martes, 10 de enero 2017, 02:23

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EL Papa Francisco revolucionó a finales del verano de 2015 uno de los dogmas más controvertidos de la Iglesia católica. Con un 'motu proprio', un documento que sólo puede escribir él y que modifica un aspecto concreto de las leyes de esta institución, rompió con siglos de tradición y simplificó al máximo el proceso para conceder una nulidad matrimonial. Un año después de la publicación del escrito papal, las cifras corroboran lo que se esperaba: un aumento importante de las peticiones. En el caso de nuestra provincia, en este tiempo, según cálculos de la diócesis de Jaén, el número de procesos iniciados se ha duplicado y el organismo eclesiástico espera que esta tendencia vaya a más con el paso de los años.

La reforma contiene tres importantes novedades en los procedimientos: tender a la gratuidad del proceso -en Jaén sólo se cobra a quien se lo puede permitir después de una conversación con la persona-, eliminar la obligación de una doble sentencia de dos tribunales eclesiásticos y que en los casos más evidentes sea el propio arzobispo el que lleve la causa.

Aparte, el Papa abrió un abanico de razones por las que se podrá dictar que un matrimonio es nulo -que no ha existido a ojos de Dios-. Antes había dos principales motivos de nulidad: no asumir los deberes del matrimonio -infidelidades, malos tratos o adicciones- o la simulación -no informar de un aspecto relevante de la vida, como tener un hijo o haber estado antes casado-. El Papa incorporó con su reforma dos aspectos novedosos: el defecto de fe y la convivencia conyugal breve. Para que la primera causa sea válida únicamente hay que determinar que uno de los integrantes del matrimonio no cree en Dios o ha perdido la fe y que se casó por la Iglesia bien por una cuestión cultural o bien para contentar al otro miembro de la pareja.

En el segundo caso basta con demostrar que han pasado pocos meses entre el enlace y el deseo de acabar con el vínculo. Con este escenario favorable a los procesos de nulidad, las solicitudes se han disparado. Según cálculos de la diócesis de Jaén, en 2016 se han alcanzado ya los 40 procedimientos, mientras que en 2015 sólo se empezaron 22 causas (cifra más o menos estable en los ejercicios anteriores (19 en 2014, 24 en 2013 o 21 en 2012).

En Jaén se está aplicando a pie juntillas la doctrina marcada por Francisco, dentro del margen de maniobra con el que cuenta la Iglesia jienense. Por ahora, los trámites de nulidad no son gratuitos porque la Conferencia Episcopal Española (CEE) todavía no ha articulado un modelo de financiación para las causas. A la espera de que la CEE adopte una decisión en este sentido, en Jaén se siguen cobrando los procesos, pero sólo a quien se lo puede permitir.

Andrés Segura, vicario judicial de la diócesis de Jaén, aclara que no se rechaza «ningún procedimiento» por motivos económicos. «A la persona, cuando viene, se le pregunta qué puede aportar y se le indican las cantidades normales. En nuestra diócesis ha habido reducción de costas en la mayoría de los casos», explica, que asegura que los fondos se destinan al propio mantenimiento del tribunal. En cada procedimiento el coste antes iba desde unos 750 euros a unos 2.200 euros.

Incluso en un mes y medio

Ahora, por lo pronto, el paso por uno de los tribunales se ha eliminado, por lo que el coste de este 'camino' se reduce como mucho a unos mil euros. Estos 40 casos de este año en Jaén no pagarán nada de la segunda instancia, que venía a costar de 600 a 900 euros, y que ahora se los ahorran. A parte se reducen los testigos y otras intervenciones que encarecían el resto del proceso.

La cuestión de que la causa sea más breve depende directamente de la archidiócesis y en este aspecto Segura confirma que se ha avanzado en lo que la doctrina permite. Antes de la reforma papal se tardaba en torno a tres años en lograr una nulidad matrimonial. El proceso tenía que pasar por dos tribunales eclesiales, de los cuales cada uno se tomaba en torno a año y medio en resolver. Un año en primera instancia y seis meses en segunda. Ahora, los procedimientos se resuelven en unos seis meses y «sólo en los pocos casos complejos que hemos tenido el trámite se alarga más».

La principal novedad temporal es la vía 'abreviada', en la que interviene el tribunal eclesiástico como instructor, pero es el arzobispo el que dicta sentencia. Para ir por esta vía, que puede solventarse en un mes y medio o dos, se deben dar algunas condiciones que aligeren el proceso, como que al «entregar la demanda se entreguen prácticamente la totalidad de las pruebas» y que tanto «la esposa como el marido estén de acuerdo en pedir la nulidad y ratificar lo que se cuenta», añade el vicario judicial. Además, según explica el abogado José Ramón Aramendi, con la reforma «se da más importancia que antes a la declaración de las partes». A pesar de todo el 'motu proprio' de Francisco, conocido el 8 de septiembre de 2015, no ha estado exento de crítica en el seno de la Iglesia.

Críticos

Los colectivos más conservadores calificaron el documento como 'la ley del divorcio católico' y lo definieron como «muy preocupante», una afirmación contra la que se han postulado vicarios judiciales como Sebastián Sánchez, de Granada. «Es una tesis sin fundamento. No se juega con el sacramento del Matrimonio porque no hay sacramento. No existió. Lo que hacemos es facilitar la disolución de lo que Dios no unió. Pongo un ejemplo, si compro una garrafa de vino, pero cuando la abro no tiene vino... ¿Compré una garrafa de vino? No, no hice trato alguno. Esto es lo mismo», argumenta Sánchez, que coincide de este modo con el Papa Francisco, a quien parece que las cifras le están dando la razón.

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