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100 personas, convocadas por el SAT, se concentraron ante la Audiencia de Jaén mientras se celebró el juicio contra Bódalo y otros 17 acusados.
El Supremo desestima el recurso de Bódalo por su condena a tres años y medio de cárcel

El Supremo desestima el recurso de Bódalo por su condena a tres años y medio de cárcel

La Audiencia Provincial debe ahora proceder a la ejecución de la pena impuesta por pegarle a un concejal de Jódar en 2012

Juan Esteban Poveda

Viernes, 4 de marzo 2016, 14:03

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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por Andrés Bódalo, concejal de Jaén en Común y candidato de Podemos al Parlamento en las últimas elecciones generales, contra la condena de tres años y medio de cárcel que le impuso la Audiencia de Jaén por pegarle al teniente de alcalde de Jódar en una protesta sindical.

Ahora el Supremo comunicará a la Audiencia de Jaén que puede proceder a la ejecución de la sentencia, con lo que el concejal tendría que ingresar en la cárcel.

La defensa de Andrés Bódalo ha confirmado que va a presentar recurso de amparo al Tribunal Constitucional por entender que hay una vulneración al derecho de tutela judicial efectiva. E intentará que este recurso sirva para frenar la ejecución de la sentencia y el encarcelamiento de Bódalo.

Plazos

En enero pasado la Sala Segunda del Tribunal Supremo ya emitió un decreto por el que declaraba "desierto" por "falta de comparencia" el recurso que Andrés Bódalo había anunciado contra la condena a tres años y medio de cárcel que pesa contra él por pegarle a un concejal del PSOE en Jódar. Tras recibir el recurso, el Supremo le dio quince días para presentarse al tribunal y "hacer uso de su derecho". Sin embargo, según el decreto al que ha tenido acceso IDEAL, los recurrentes no se presentaron en la sala para "verificarlo", así que se declaró desierto el recurso y se le comunicó a la Audiencia de Jaén que dictó la condena "a los efectos procedentes", entre los que está la ejecución de las penas impuestas a los condenados.

'In extremis' la defensa de Bódalo reaccionó y presentó un recurso de revisión, que es el que ahora se ha desestimado al entender la sala que no se cumplen los motivos excepcionales requeridos para ampliarle el plazo.

La sentencia

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén condenó el pasado mes de octubre al ex portavoz provincial del sindicato SAT y concejal de JeC en Jaén, Andrés Bódalo, como autor de "un delito de atentado, con la agravante de reincidencia, a la pena de tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y nueve meses de multa a razón de seis euros cuota/día, con arresto sustitutorio en caso de impago e insolvencia". Y también, como autor de una falta de lesiones, a la pena de un mes de multa, a razón de seis euros cuota/día, "con arresto sustitutorio en caso de impago e insolvencia".

También fueron condenadas otras tres personas, a penas de un año de prisión y siete meses de multa cada uno, mientras que se absolvía al resto de acusados de los delitos de atentado y de las faltas de lesiones, y a todos los encausados del delito de desórdenes públicos y de la falta de amenazas.

En la sentencia se recoge como hechos probados que el día 16 de septiembre de 2012, miembros y simpatizantes del SAT realizaron un encierro en la Casa de la Cultura de Jódar, para reclamar del Ayuntamiento, gobernado por el PSOE, un plan de empleo que paliara los escasos días de trabajo en la vendimia. Encierro del que todos los días salían con pancartas por las calles. El día 27 del mismo mes acudieron a solidarizarse con varios sindicalistas, citados en el Ayuntamiento a declarar en un expediente sancionador por incumplir la ordenanza sobre el uso público de megafonía, y la Policía Local les indicó que no podían entrar a declarar todos juntos sino de uno en uno, "produciéndose una discusión".

Ello desembocó en una sentada en la plaza de España, junto al Ayuntamiento, produciéndose un corte de tráfico. Sentada en la que participaron entre 60 y 70 personas y que "se estaba desarrollando por cauces pacíficos", hasta que en un momento dado varios de los participantes "se abalanzaron sobre el concejal" Juan Ibarra, "arrinconándole contra la pared" y "siendo golpeado con los puños por Andrés Bódalo" y otro de los condenados "y recibiendo varias patadas", dice la sentencia.

El teniente de alcalde galduriense "sufrió lesiones consistentes en dolor costal y contusión costal con hematoma, las cuales no precisaron más de una asistencia. Asimismo, al realizar un cordón policial resultaron lesionados dos agentes.

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