Edición

Borrar
El volumen de trabajo en los juzgados aumentará con la nueva reforma
Las reglas del juego del delito cambian

Las reglas del juego del delito cambian

La reforma del Código Penal entra en vigor hoy, 1 de julio, y su primer efecto en Jaén será suspender en torno a un 30% de juicios de faltas | Más de tres mil profesionales de la judicatura, policías y guardias civiles se forman para saber cómo actuar

J. R. Villalba/C. Morán

Miércoles, 1 de julio 2015, 15:49

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Hoy, 1 de julio, jueces, fiscales, policías y guardias civiles dispondrán de un Código Penal reformado que introduce sustanciosos cambios. Bastantes reglas de la lucha contra el delito cambian. Una de ellas, la desaparición de las faltas que se convertirán en delitos leves unas, otras pasarán a infracciones administrativas y las menos a la jurisdicción Civil. El primer efecto será la suspensión en torno al 30% de los juicios de faltas previstos con posterioridad al 1 de julio, según estimaciones barajadas fuentes judiciales aunque no hay un número exacto. Son juicios por antiguas faltas que ahora pasan a la vía administrativa y quedan en una mera multa o sanción.

«En los juzgados de Instrucción, hay algunas conductas que dejan de ser falta con lo cual los procedimientos iniciados directamente se archivarán. En los casos en que la conducta se remite a la jurisdicción civil, sí deberán continuar para pronunciarse sobre la posible responsabilidad civil. En los supuestos en los que la falta se convierte en delito menos leve, seguirán la tramitación de falta si es más favorable al denunciado, y delito leve si en este la pena es menor, lo cual normalmente no ocurrirá», comentan desde el mundo judicial.

Los juzgados de Instrucción pueden verse abocados a conocer el enjuiciamiento además de algunas conductas que antes eran competencia de los juzgados de lo Penal atendiendo a la pena, aunque sobre esta cuestión existen dudas sobre cómo seva a aplicar debido a una mala redacción de la reforma.

Los policías y guardias civiles jienenses, así como los del resto del Estado, tendrán entre otra de sus nuevas funciones la de emitir la citación para acudir al juzgado de guardia cuando se trate de un delito leve de lesiones, maltrato de obra, hurto, amenazas, coacciones o injurias.

La mayoría de los accidentes de tráfico se trasladarán a la jurisdicción civil. Sólo serán delito el homicidio y las lesiones graves por imprudencia grave, mientras que el homicidio y las lesiones graves por imprudencia menos grave, entrarán a formar parte del catálogo de delitos leves.

También, resulta llamativo el nuevo tratamiento de las faltas contra el orden público. Los supuestos de alteraciones relevantes están ya castigados como delito, al igual que los supuestos de atentado, resistencia y desobediencia. «Los desórdenes públicos y faltas de respeto o desobediencia a los agentes serán sancionadas por la autoridad administrativa, que impondrá multas mayores a las que ahora se imponen en los juzgados de instrucción, y además esas sanciones se deberán recurrir en su caso ante la jurisdicción contencioso administrativa, donde no rige la presunción de inocencia y donde la declaración de los agentes tendrá aún mayor peso», apuntan desde la judicatura. Por tanto la despenalización provoca en este caso un efecto perverso para el ciudadano.

Tanto Policía Nacional como Guardia Civil está impartiendo charlas a sus trabajadores para facilitar información de la reforma y protocolizar las formas de actuar ante los delitos cuyo articulado ha cambiado.

Los delitos leves serán instruidos y juzgados por el mismo juzgado de instrucción, «por lo que existen además dudas constitucionales acerca de la conformidad con la Constitución porque un mismo órgano instruya y juzgue un delito». Estos delitos leves generan antecedentes penales aunque no a efectos de reincidencia o suspensión de la pena.

El nuevo CódigoPenal también agrava las penas por hurto, robo y estafa. Los delincuentes habituales ahora podrán ser condenados como autores de un tipo agravado castigado con penas de uno a tres años de prisión.También se incorpora la agravante cuando los delitos de hurto o robo afecten a conducciones de suministro eléctrico o de telecomunicaciones, conducciones o infraestructuras de hidrocarburos.

La estafa multirreincidente que afecta a un número elevado de personas, así como los robos con fuerza donde se practica el alunizaje o el butrón, es decir, en función de la gravedad de los daños, en todos estos casos se contempla la agravante.

Otro de los artículos más controvertidos es la introducción de la prisión permanente revisable. «Es sin duda lo que más polémica ha generado, por la posible colisión de una pena de este tipo con el artículo 25 de la Constitución, en cuanto a que la pena esté orientada a la reinserción del penado, algo incompatible con una prisión permanente, así como con el artículo 15 y el principio de humanidad de las penas. Es además de difícil justificación, cuando el máximo de las penas de prisión en España, 20 años llegando a 30 o 40 en algunos casos, ya es muy elevado», apostillan los jueces.

El Código, con la reforma, tiene diversos errores técnicos que van a generar problemas en cuanto a su aplicación, puestos de manifiesto por diversos organismos que han emitido informe. Existe también un cierto endurecimiento de penas que no se justifica en un país con unos de los índices de criminalidad más bajos de la Unión Europea, y que por el contrario presenta una de las tasas más altas de presos en relación a la población. «De otro lado, no se ha efectuado una reforma profunda en materia de delitos relacionados con la corrupción y el fraude, tanto en su penalidad como en aspectos relevantes como puede ser la prescripción, algo respecto de lo cual sí existe un mayor consenso social, al margen de que la corrupción deba atajarse esencialmente fortaleciendo los controles que la impiden», advierten las fuentes judiciales consultadas.

La elevación de la edad para consentir relaciones sexuales de los trece a los dieciséis años también puede general algún problema. Los juristas especializados Menores ya han advertido de que no es descartable que se produzca un incremento de las denuncias por delitos sexuales entre adolescentes tras, por ejemplo, una rencilla sentimental.

Es importante resaltar que a los efectos prácticos de la reforma, por un lado la modificación de penas exigirá una labor revisora por parte de los juzgados de lo Penal, con el fin de aplicar la norma que resulte más favorable, en casos en los que la nueva pena así lo sea. «Esto incide sobre juzgados ya muy sobrecargados, por lo que se verá afectada la ejecución de las sentencias».

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios