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Publicidad engañosa, sin freno en España

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Jueves, 13 de diciembre 2007, 03:58

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La Comisión Europea presentó ayer la lista negra de las prácticas comerciales que, desde ayer, son ilegales en toda la UE porque se consideran engañosas o agresivas con la población más vulnerable, los niños. Este manto de protección que prohíbe mentir a los menores no afectará sin embargo a España, ya que es uno de los 13 estados miembros que aún no ha trasladado a su legislación esta norma comunitaria.

La medida entra en vigor en la UE precisamente dos semanas antes de Navidad, «el período del año en que las compras son más numerosas», subrayó la comisaria de Protección al Consumidor, Meglena Kuneva. El listado incluye las ofertas que se presentan como gratuitas pero no lo son, los anuncios dirigidos directamente a la audiencia infantil para incitarles a la compra de un artículo o las mentiras o falsedades sobre los supuestos efectos curativos de los productos anunciados.

Así aparecen en el listado la «publicidad cebo», que anima a comprar un artículo a una empresa que no puede garantizar unas reservas suficientes del mismo; las «falsas ofertas gratuitas» en las que se reclama al consumidor un coste para poder hacerse finalmente con el artículo que cree haber recibido gratis y las «incitaciones dirigidas directamente a los niños» para que sean ellos quienes compren el producto o persuadan a sus padres o familiares.

Se prohíben los «argumentos engañosos» sobre las propiedades curativas de productos (alergias, pérdida de peso o contra la caída del cabello), los publireportajes (anuncios que se hacen pasar por informaciones), las promociones piramidales, el dar la «falsa impresión» al consumidor de haber ganado un premio y demandar dinero para pagar los costes de recibirlo y dar «impresiones erróneas» sobre los derechos de los consumidores, haciéndolos pasar por propiedades del producto cuando están garantizados por ley.

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