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'Juramento de las Cortes de Cádiz', de Casado del Alisal, que está en el Congreso de los Diputados.
La persistencia del Reino de Granada

La persistencia del Reino de Granada

Conciencia de Granada ·

Granada siempre tuvo presencia definida y singularizada en las divisiones territoriales de la Edad Moderna en el Antiguo y en el Nuevo Régimen. Como reino, como provincia y como prefectura

CÉSAR GIRÓN

Granada

Miércoles, 9 de agosto 2017, 00:39

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Provincias fiscales, corregimientos gubernativos y judiciales, muchos de los cuales desaparecieron con los Decretos de Nueva Planta, veguerías en Cataluña, intendencias de guerra, partidos y gobernaciones como divisiones internas de territorios más extensos como la provincia, como sucedía principalmente en el reino de Castilla, variedad de jurisdicciones, realengos, órdenes militares, señoríos nobiliarios, abadengos... Este era el panorama de la organización territorial de nuestro país al final del Antiguo Régimen. Con razón no falta quien haya dicho que «la división territorial de España era caótica y monstruosa a principios del XIX».

Los nuevos trabajos

Los monarcas y dirigentes españoles eran conscientes de ello. Reiteradamente trataron de solucionar la situación aunque las propuestas fueron parciales y equivocas. De este modo pueden calificarse los trabajos del conde de Floridablanca -José Moñino y Redondo fue secretario de Estado- que en 1789 estableció la nueva división de las provincias marítimas. No faltaron otras propuestas con la llegada del XIX y la influencia francesa, acentuada con la presencia del francés en nuestro país. Estos trabajos ilustrados junto con los surgidos de las Cortes de Cádiz, señalaron la senda hacia un nuevo orden territorial español.

Frente al precedente Floridablanca, las propuestas napoleónicas realizadas entre 1808 y 1812 trataron de introducir la modernidad, la racionalización, el orden y la jerarquización. Serán estos los principios que guíen la división de José María de Lanz y Zaldívar, de 1810, de la que se dice llanamente que «fue realizada con el compás y la punta del sable». A Lanz se debe el diseño las famosas prefecturas, nombre que el gobierno de José I Bonaparte asignó a la repartición territorial, puesto que en el Plan Llorente-Lanz -por el riojano Juan Antonio Llorente, erudito eclesiástico, político y apóstata español que colaboró con Lanz- la nación se dividía en departamentos. El decreto de creación de las 38 prefecturas peninsulares fue firmado por el ministro de Estado Mariano Luis de Urquijo, el 17 de abril de 1810, en Sevilla. Por lo que a nosotros respecta, Granada era una de las prefecturas principales: Granada-Genil -se ordenaban por ríos en lo que dio en llamarse el fluvialismo de los límites- y como tal ocupaba la mayor parte de las actuales provincias de Granada y Almería.

El mandato de Cádiz

Las tensiones entre conservadores y liberales en las Cortes gaditanas condicionaron el debate propiciado por el art. 11 de 'La Pepa', la Constitución de 1812, que vino a reconocer el problema existente al decir que «se haría una nueva división más conveniente del territorio español por una ley constitucional cuando las circunstancias políticas de la nación lo permitiesen». La disparidad de criterios entre centralistas y provincialistas fueron determinantes para el fracaso del criterio igualador perseguido, y el paso de las 21 provincias constitucionales como proponía el proyecto de Antonio Ranz y de José Espiga, de 1812 a 1831. Una de aquellas era la de Granada, que conservó los mismos límites que el Reino en 1789, en contra de la tendencia de ruptura de la identidad de los antiguos grandes reinos cristianos españoles, lo que se ha explicado entre otras razones por el significado de Granada y el respeto a los acordado en 1246 y 1491 por Fernando III y los Reyes Católicos.

El mandato constitucional trató de hacerse efectivo. La regencia encargó en 1813 al mallorquín Felipe de Bauzá y Cañas una división territorial que presentaría en poco más de tres meses. En ella vino a distinguir entre: «provincias de primer orden», que tenían a su vez una división interna en partidos o gobernaciones subalternas; «provincias de segundo orden», que carecían de división; y «partidos», que eran cada una de las subdivisiones de las provincias de primer orden. Con arreglo a este proyecto, basado en dos principios fundamentales, descentralización y respeto a los sentimientos históricos de pertenencia territorial, de nuevo Granada, como en buena lógica no podía ser de otro modo, fue clasificada como una provincia de primer orden.

En efecto, de la actual Andalucía solo Granada y Sevilla tenían tal consideración. Las restantes provincias quedaron clasificadas como de segundo orden, o bien ni siquiera existían, como el caso de Huelva o Almería, que aparecería en la reforma de 1822.

En concreto, la provincia de Granada era equivalente poco más o menos a las actuales de Granada y Almería. Según el proyecto quedaba dividida en dos gobernaciones: una superior con capital en Granada y otra subalterna instalada en Guadix. La restauración del rey Fernando VII en 1814 daría al traste con el proyecto que a pesar de haber sido informado favorablemente por el Consejo de Estado y remitido por el Ministerio de la Gobernación a las Cortes, su discusión no se iniciaría, dada la abolición de la Constitución y la disolución de la Cámara.

No obstante, la división en reinos seguía vigente y efectiva. Sin perjuicio de estas divisiones provinciales propuestas, el Reino de Granada permanecía en su extensión y límites históricos.

Absolutismo y liberalismo

Durante el sexenio absolutista de Fernando VII (1814-1820), la corriente reformista liberal se paralizó volviendo al conservadurismo del Antiguo Régimen. Tras este período, durante el Trienio Liberal (1820-1823), la cuestión de la organización territorial del Estado español no tardó en volver a ponerse sobre el tapiz político. De nuevo Felipe Bauzá fue el encargado, ahora con la colaboración del guipuzcoano José Agustín de Larramendi, de efectuar los estudios técnicos sobre la división de España. A la postre, el Estado quedaría estructurado en 52 provincias, igualadas, frente a las severas protestas de las ciudades cuyo rango en la organización tradicional era mayor, como Barcelona, Santiago y, dentro de Andalucía, Granada y Sevilla.

En el caso de la provincia de Granada, una vez más se optó por la segregación, atendiendo a criterios de población y extensión territorial. La parte occidental del antiguo Reino de Granada encontró una clara capital en Málaga que había consolidado su posición desde 1799 con el Plan Soler y tras el incremento poblacional propiciado por ser ciudad de refugio con la Guerra de Independencia. De este modo el problema principal se dio en la parte oriental de la antigua provincia y Reino de Granada, dado que el proyecto de Bauzá-Larramendi establecía la capital en Baza por su mejor ubicación centrada en el territorio. Ante esta propuesta surgieron dos serios problemas: la negación en rotundo de los diputados de Granada y la oposición que se ejerció desde Almería, que quería optar a la capitalidad. Finalmente la comisión creada por las Cortes a tal respecto accedió a la presión de Granada, y se llegó a un acuerdo por el que la provincia de Granada conservaría su preeminencia en el territorio y Almería adquiriría el rango de capital provincial.

De Calomarde a De Burgos

A pesar del intento de ruptura de la monarquía absolutista con los trabajos desarrollados durante el Trienio Liberal propiciando la vuelta al pasado, en 1825, Tadeo Calomarde, ministro de Justicia, creó una nueva comisión para el estudio de la demarcación judicial provincial, juzgados menores y alcaldías mayores, propiciando una mejor definición de los límites provinciales, sin cuestionar los antiguos reinos. Otra vez Agustín de Larramendi fue el encargado de dirigir el proyecto, pero esta vez los límites de los antiguos reinos no serían cuestionados.

Antes de la aprobación definitiva del proyecto, Calomarde quiso consultar a las chancillerías afectadas. El 31 de marzo de 1829 se envió a la Real Audiencia y Chancillería de Granada las instrucciones para la elaboración de los límites territoriales entre las nueve provincias de su distrito: Granada, Almería, Málaga, Jaén, Córdoba, Murcia, Cuenca, Albacete y La Mancha. El 30 de septiembre de 1829 contestaría la Real Chancillería sugiriendo una serie de cambios en el proyecto.

En el estado de la cuestión, el Reino de Granada seguía siendo una realidad persistente, aunque eso sí, dividido ya desde 1822, al menos virtualmente, en provincias.

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