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El Supremo avala la absolución del acusado de tratar de ahorcar a su ex

El Supremo avala la absolución del acusado de tratar de ahorcar a su ex

La mujer había pedido que se le condenase por intento de asesinato, pero el TS ha inadmitido los recursos y el hombre sólo cumplirá la pena por quebrantar el alejamiento

Yenalia Huertas

Granada

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Miércoles, 27 de diciembre 2017, 01:13

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V. M. G., un vecino de Las Gabias que fue acusado y juzgado el año pasado por el intento de asesinato de su mujer con una soga el 23 de mayo de 2014 en el negocio que regentaban en Churriana de la Vega, acabó siendo absuelto de este delito por las dudas surgidas a la Audiencia de Granada. Él alegaba que la mujer se había intentado suicidar tras una discusión entre ambos y que él cortó la cuerda para evitarlo. Así lo reflejó la sentencia que dictó la Audiencia Provincial de Granada, que ha sido respaldada por el Tribunal Supremo (TS) al inadmitir los recursos que interpusieron los dos protagonistas del suceso, según han informado fuentes del caso.

Sin embargo, como sobre el hombre pesaba en aquellas fechas una orden de alejamiento en vigor tras haber sido condenado en febrero de ese año por un episodio de maltrato, la Audiencia le impuso, en aquella misma sentencia, un año de cárcel por quebrantar la medida. Y ese castigo, según las fuentes judiciales consultadas por este diario, podría llevarle ahora a prisión si no logra la suspensión de la ejecución de la pena.

El hombre trató sin éxito que el Supremo revocara esa condena, pero el auto del Supremo -que aunque se dictó antes del verano no ha trascendido hasta ahora- determinó que la Audiencia había contado «con prueba de cargo bastante» para concluir que hubo un «incumplimiento reiterado y consciente de la pena de alejamiento y comunicación impuesta por resolución judicial firme».

El procesado siempre sostuvo que evitó el ahorcamiento cortando la cuerda

También había recurrido ante el alto tribunal la exmujer del acusado, cuya representación procesal consideraba que la absolución respecto al delito de asesinato era «ilógica e irracional». Insistía en que fue «un intento de estrangulamiento por parte del acusado» y se quejaba de que la Audiencia no había tomado en consideración «las numerosas contradicciones e incoherencia» de la declaración de su ex, mientras que la suya había sido «persistente en el tiempo» y «corroborada por el informe médico forense».

Y es que ella niega categóricamente que tratara de quitarse la vida. Según su versión, ambos estuvieron juntos trabajando en el negocio y, posteriormente, el acusado cogió dinero y se fue. Sobre las tres de la tarde, el hombre regresó y «estuvieron discutiendo sobre la situación económica». Faltaban diez minutos para las cuatro cuando llegó su madre, que le dijo que se llevaba los niños a la casa de su hermana, si bien se quedó con la pequeña porque le tocaba la siguiente toma.

La mujer aseguró en su recurso que «una vez solos, el acusado comenzó a decirle que no merecía la pena vivir así, que mejor era venderlo todo y empezar de cero», al tiempo que la culpaba de la marcha del negocio mientras le decía que se iba a suicidar. «Ante el chantaje emocional, resolvió colocar una cuerda en el patio» e hizo un lazo. Para ello se encaramó en una caseta de perro que había allí. Lo último que recordaba, según expuso al TS, era que iba a coger las llaves y su bolso, y que al dirigirse a la salida «notó un profundo sueño, sin que pueda recordar nada hasta que se despierta en el hospital».

Creencias religiosas

Pese a que la mujer negase que pensase quitarse la vida, porque es algo «contrario a sus creencias religiosas», además de no tener motivo para hacerlo, la Audiencia, como refleja el auto, mostró «dudas en torno a la hipótesis homicida defendida por las acusaciones». Por varios motivos. Uno de ellos es un informe pericial que determinó que las lesiones que tenía la mujer en el cuello eran «probablemente, resultado de una ahorcadura incompleta, esto es, con alguna parte del cuerpo en contacto con el suelo». Además, la cuerda hallada en la barandilla en la inspección ocular estaba a una altura «compatible» con la estatura de la mujer. Aparte, presentaba un segundo surco en el cuello, «compatible con el relato del acusado de haber cogido a (...) por los muslos para liberarla de la presión, si bien tuvo que volver a dejarla caer de nuevo mientras se dirigía a coger el instrumento con el que cortó la cuerda».

Junto a ello, el TS recuerda que los servicios sanitarios la encontraron «consciente y orientada» y que tanto a su hermana en el lugar de los hechos como a una médica después en el hospital les reconoció «haber sido ella quien intentó el ahorcamiento». Por otro lado, la mujer no presentaba signos o señales de defensa cuando, en los casos de estrangulamiento, lo normal, por lo visto, es tener una reacción defensiva hasta que se pierde el conocimiento.

«La Audiencia, en fin, -señala la resolución del Supremo- tiene una duda razonable y fundada respecto a la certeza de los hechos y aplica, como no podía ser de otra manera, el principio in dubio pro reo», que significa que en caso de duda se ha de tomar una decisión a favor del reo.

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