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Manuel Cantón, en su casa de Belicena, con la sentencia de la Audiencia Provincial que revoca otra del juzgado de Santa Fe.
«Devuelva usted 48.000 euros»

«Devuelva usted 48.000 euros»

La Audiencia Provincial obliga a un jubilado a devolver parte de la indemnización recibida tras ser atropellado en Purchil

Daniel Olivares

Viernes, 30 de octubre 2015, 01:45

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A Manuel Cantón, jubilado de 72 años, una sentencia de la sección número 1 de la Audiencia Provincial de Granada le obliga a devolver 48.025 euros de una indemnización que recibió de la compañía aseguradora del vehículo que le atropelló la mañana del 31 de mayo de 2012 en la rotonda ubicada en la carretera GR-3304 que sirve de enlace entre Belicena y Purchil. Manuel había salido como cada día a pasear con su bicicleta cuando, a las nueve de la mañana, fue golpeado por detrás por un coche que, según quedó probado, no mantenía la distancia de seguridad necesaria. Como consecuencia de aquel accidente, este jubilado de Belicena sufrió la fractura de una vértebra lumbar, lesión por la que tuvo que ser hospitalizado durante casi una semana y que necesitó de 239 días de curación. El percance ha dejado secuelas físicas en la espalda de Manuel como consecuencia del aplastamiento de más del 50% que sufrió en la vértebra y aún hoy sufre dolores constantes y no puede llevar una vida normal. Menos aún, practicar su afición a la bicicleta.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Santa Fe aceptó como probados los hechos y declaró lo ocurrido como constitutivo de delito de lesiones por imprudencia leve y condenó a la conductora a pagar una multa de 150 euros, mientras que la compañía aseguradora debía indemnizar a Manuel Cantón con la cantidad de 140.635 euros. En el juicio, la compañía aseguradora puso en duda las limitaciones de movilidad que el denunciante pudiera sufrir y la incapacidad que pretendía que se le reconociera. Incluso llegó a contratar los servicios de un detective privado para que vigilara durante varios días a Manuel sin que este lo supiera. El detective, en su informe, señaló que el denunciante había realizado actividades de su vida cotidiana, tales como «conducir su vehículo, apeándose y subiéndose al mismo sin aparente molestia, caminar sin apoyo o ayuda de terceros, realización de movimientos o desplazamientos de elementos rígidos, permanecer de pie charlando con gente durante más de cinco minutos sin aparente dolor o impedimento, realización de acciones físicas como subir y doblar las piernas y el tronco hacia adelante sin aparente molestia».

No obstante, pese a lo que dice el detective, Manuel Cantón asegura que sufre dolores constantes y que hay movimientos que no puede realizar. Subir o bajar escaleras, por ejemplo, supone un gran problema para él. «De hecho, me iban a instalar un ascensor y aún no lo han hecho», explica el afectado, que vive en un pequeño adosado de dos plantas. El juzgado de Santa Fe estimó que el detective se ajustó a la verdad, pero aún así falló que la indemnización debía ascender a esos 140.000 euros iniciales, después de considerar su caso como «incapacidad permanente en grado bajo». Sólo por esta calificación le asignaron 96.000 euros, mientras otros 25.000 euros se acordaron por «secuelas funcionales» y 13.999 euros por los días que estuvo en el hospital y recuperándose en parte de su lesión.

Rebaja del 34%

Sin embargo, la compañía aseguradora, responsable civil directa con carácter solidario, decidió recurrir la sentencia (del 18 de diciembre de 2013) y acudió para ello a la Audiencia Provincial. El fallo de esta última (del 17 diciembre de 2014) es el que obliga a Manuel Cantón a devolver 48.000 euros, ya que dio la razón a la aseguradora y rebajó la indemnización a 90.256 euros al considerar la alegación de «error en la valoración de la prueba sobre el factor de corrección por incapacidad permanente» y entender que la juez de Santa Fe valoró «no la secuela de incapacidad permanente total para sus ocupaciones habituales que es la procedente, sino la secuela de incapacidad para cualquier ocupación y/o actividad».

Cantón planteó como recurso que en la indemnización se incluyesen los gastos de adaptación de su vivienda y los gastos de los informes periciales que aportó al juicio oral. Sin embargo, la Audiencia desestimó su recurso prosperase al tener en cuenta el informe y la grabación realizada por el detective privado contratado por la compañía de seguros, por lo que entiende que «no resulta acreditada la necesidad de tales reformas en la vivienda del denunciante, reformas que, por su edad, quizás precise más adelante, pero no ahora y como consecuencia del accidente».

El caso es que Manuel Cantón ya no tiene el dinero, puesto que lo usó «para terminar de pagar la hipoteca y ayudar a mis hijos, que están en paro y necesitaban dinero», además de otros 12.000 euros en gastos de abogado.

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