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Ramoncín, en la Audiencia Nacional en 2013.
Anticorrupción pide cuatro años y diez meses de cárcel a Ramoncín

Anticorrupción pide cuatro años y diez meses de cárcel a Ramoncín

Ramoncín se enfrenta, además, a una multa por delito solitario que se eleva a 13.924 euros y a otra de 50.912 euros como responsable civil de estos hechos

Mateo Balín

Lunes, 25 de mayo 2015, 14:45

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La Fiscalía Anticorrupción ha reclamado al artista José Ramón Márquez Martínez, Ramoncín, cuatro años y diez meses de prisión por delitos de apropiación indebida y falsedad en una pieza separada del 'caso SGAE', el saqueo de la entidad de gestión de derechos de autor que instruye el Juzgado Central número cinco de la Audiencia Nacional.

Ramoncín se enfrenta, además, a una multa por delito solitario que se eleva a 13.924 euros y a otra de 50.912 euros como responsable civil de estos hechos.

El fiscal José Miguel Alonso reclama la misma pena de prisión, cuatro años y diez meses, por los mismos delitos para José Luís Rodríguez Neri, mano derecha del expresidente Teddy Bautista en la SGAE (éste no está imputado en esta pieza separada), dos años y nueve meses al que fuera responsable jurídico Pablo Antonio Hernández Arroyo y dos años por apropiación indebida a Enrique Loras García.

'El creador'

Ramoncín ingresó como socio numerario de tercera en la SGAE en 1978 y formó parte de su Junta Directiva desde 1988 hasta 2007, así como del Consejo de Dirección desde 1995 hasta 2007, si bien a partir de esta fecha continuó como integrante del Comité Disciplinario, además de como consejero de la sociedad perteneciente a la SGAE denominada Arteria Promociones Culturales hasta 2011.

También se mantuvo de forma ininterrumpida en el consejo de administración de la SDAE desde su creación en 2000 hasta 2011. Esta mercantil es de la exclusiva propiedad de su creadora, SGAE, y cuya constitución por ella había sido declarada nula de pleno derecho por el Tribunal Supremo.

Entre otros indicios, el fiscal relata que en el proyecto 'El creador' de 2008 el citado Rodríguez Neri ordenó el ingreso de 6.000 euros en una cuenta de Ramoncín como supuesta contraprestación del mencionado acuerdo, que no consta por escrito.

El artista entregó a cambio unas páginas referidas a un programa de televisión, el cual jamás fue objeto de desarrollo ni de expectativa de beneficio alguno para la sociedad pagadora, pues respondía en exclusiva al referido particular afán de lucro ilícito concordado por ambos acusados.

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