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La justicia cree que estos empresarios «urdieron un plan» para engañar al fisco. IDEAL
Condenados a 8 años de cárcel y multa de casi 19 millones de euros por defraudar a Hacienda

Condenados a 8 años de cárcel y multa de casi 19 millones de euros por defraudar a Hacienda

La Audiencia endurece el castigo para cinco empresarios vinculados a un entramado de sociedades informáticas que realizaron una facturación «simulada»

Y. H.

GRANADA

Sábado, 24 de marzo 2018, 16:31

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El juzgado de lo Penal 4 de la capital impuso cinco años de prisión y una estratosférica multa, de casi 19 millones de euros, a los dueños de dos empresas de informática acusadas de usar un entramado de sociedades «pantallas» para realizar una facturación «simulada» a fin de lograr la devolución del IVA. Los cinco acusados fueron condenados el 13 de febrero del pasado año por la defraudación de este impuesto correspondiente a los ejercicios 2006, 2007 y 2008 y, ahora, la Audiencia de Granada ha endurecido el castigo para todos, al elevar a 8 años la pena de prisión.

En una sentencia, fechada el 27 de octubre pasado y consultada por IDEAL, el tribunal de la Sección Segunda estima de este modo totalmente el recurso que interpuso el abogado del Estado, con la adhesión del fiscal, contra la resolución del juzgado, a la vez que estima parcialmente los recursos de cuatro de los acusados.

A tres de los empresarios acusados, socios de la empresa Euronet Informática S.L., los considera autores de tres delitos de defraudación -uno por cada ejercicio- y a los dos restantes, administradores de la entidad Informática Galama S.L., los ve cooperadores necesarios. Por cada uno de los ilícitos contra el erario público les impone dos años y ocho meses de prisión y distintas multas que suman 18.910.632 euros a cada uno.

El fallo aprecia tres delitos contra el erario público en lugar de uno continuado

En concreto, en su fallo, el tribunal corrige al juzgado en el sentido de apreciar tres delitos y no uno solo continuado contra la Hacienda Pública, así como aprecia la atenuante de «dilaciones indebidas», algo solicitado por las defensas.

En su resolución, el tribunal rechaza las peticiones que las defensas realizaron para lograr la nulidad de la causa. Alegaban una supuesta «incompetencia territorial», al existir un juzgado de Instrucción de Málaga -el 14- que también investiga hechos relacionados con este asunto. Además, planteaban que, en todo caso, debía ser llevado por un juzgado central de instrucción -la Audiencia Nacional- al afectar los delitos apreciados en este supuesto fraude «carrusel» a diversas provincias. El fraude carrusel, según las fuentes consultadas, consiste en lograr «la exención de IVA en las entregas intracomunitarias», creando las empresas implicadas «una red de sociedades que comercializan para ahorrarse este IVA».

Pues bien, la sentencia de la Audiencia, que reafirma la competencia de los juzgados de Granada para conocer el caso, revela que el juez basó su condena en un «conjunto de indicios» que le llevaron a concluir que se produjo «un entramado societario» con reparto de funciones, en el que había empresas «truchas- ficticias- y pantallas -interpuestas-» y en el que se aparentó una actividad empresarial de distribución de productos de informática inexistente.

Exactamente, el juez de Penal 4 consideró probado en su sentencia, a la que ha tenido acceso IDEAL, que los administradores solidarios de la mercantil Euronet Informática SL -declarada en concurso voluntario de acreedores en 2009- «urdieron un plan preconcebido para defraudar de manera consciente a la Hacienda Pública estatal en los ejercicios 2006, 2007 y 2008». Junto a ellos, los administradores mancomunados de Informática Galama SL, «también de mutuo acuerdo, cooperaron de manera consciente y voluntaria con aquellos en el marco del mismo plan preconcebido».

Al respecto, la sentencia de la Audiencia recuerda que, para las acusaciones, la sociedad Euronet «sería la empresa distribuidora, beneficiaria del fraude, en sus dos vertientes, al adquirir y vender bienes en mejores condiciones que el resto del mercado -abaratamiento de precios- así como obtener devoluciones improcedentes en su declaración/liquidación de IVA». Informática Galama haría «el papel de una pantalla facilitadora del fraude a través de la facturación directa y ficticia a la distribuidora».

La Sala considera «prueba del entramado defraudatorio» un informe que elaboraron los peritos judiciales, que emplearon una «lógica aplastante» para determinar que las facturas que emitían las diversas empresas que operaban con las sociedades acusadas eran «ficticias o simuladas», pues «nada puede comprar una empresa cuya existencia es puramente formal, sin soporte logístico alguno, y sin que exista rastro de lo que vende, más allá de la factura mendaz». A ello, hay que unir que las citaciones al juicio de esas empresas resultaron casi todos los casos «negativas», lo que complementa y refuerza, a su juicio, «su inexistencia real».

Aparte de descartar que haya prescrito uno de los delitos, el tribunal también rechaza anular el informe que elaboró Vigilancia Aduanera hace siete años sobre los documentos y material intervenidos durante el registro de una de las empresas.

Los acusados, que son absueltos del delito de falsedad documental que también se les atribuyó en su momento, pedían su absolución al entender que no existía prueba de cargo contra ellos.

La Audiencia confirma que los acusados habrán de indemnizar a Hacienda con 9,4 millones de euros. Esa sería la cantidad defraudada, tras considerar la justicia «acreditado» que las declaraciones-liquidaciones de los tres ejercicios examinados «no respondían a la realidad», pues en ellas «se produjo de manera intencionada una deducción improcedente relacionado con el devengo de dicho IVA repercutido en una seria de operaciones que total o parcialmente eran simuladas».

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