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Los 754 penados no cumplen su condena en la prisión de Albolote sino en un medio abierto
Presos en una cárcel sin barrotes

Presos en una cárcel sin barrotes

754 penados suplen la condena de prisión con trabajos para la comunidad

José Ramón Villalba

Martes, 7 de julio 2015, 01:26

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Juan, Lorenzo o Miguel -son nombres ficticios- han tenido la gran suerte de no pisar la prisión de Albolote pese a ser condenados por un delito contra la seguridad vial o por violencia de género, principalmente. Lo han conseguido gracias al real decreto 840/2011, de 17 de junio, en el que se definen los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas (SGPMA) como las Unidades Administrativas dependientes de la Administración Penitenciaria, que están configuradas como equipos multidisciplinares, y que tienen encomendado el cumplimiento de las penas y medidas alternativas a la privación de libertad. Estas sanciones penales que mantienen al infractor en su medio comunitario, es decir, el penado está en libertad y cumple su pena en libertad aunque sometido a ciertas restricciones mediante la imposición de determinadas condiciones y obligaciones, según los casos.

Granada tiene en estos momentos a 754 personas condenadas cumpliendo la pena fuera de la prisión: 551 efectúan trabajos en beneficio de la comunidad y 203 en programas de sustitución de condena, según datos del primer trimestre de 2015 de Instituciones Penitenciarias. Esta cantidad de penados, supone casi el 40% de la población reclusa de Albolote, donde en estos momentos hay más de 1.800 reclusos.

El grueso de las condenas que se zanjaron con trabajos en beneficio de la comunidad fueron por delitos de violencia de género (111). El segundo delito que llevó a más personas a penar con trabajos fueron asuntos de tráfico (84). «Por delitos contra la seguridad vial tráfico los trabajos se dictan fundamentalmente como pena principal. En el resto de delitos es una pena sustitutiva de la prisión, siempre que no se trate de delincuentes habituales», señalan desde un juzgado de la Caleta.

El itinerario de cada expediente es largo. Fuentes consultadas hablan de que no se tramitan «en serie», sino que cada uno lleva un trato muy personalizado y ajustado a sus circunstancias personales. «A la carta», han llegado a decir desde el ámbito de la Justicia.

Una vez que la sentencia es firme el juzgado libra un oficio al Servicio de Gestión de Penas para que se cumpla. Los funcionarios llaman al penado y lo citan a una reunión. En este primer encuentro el condenado refiere sus circunstancias personales: si quiere o no cumplir la pena en su pueblo (algunos prefieren alejarse para evitar la vergüenza de que se conozca su delito), si tiene algún problema de salud, si trabaja y con qué horarios o cualquier otra eventualidad.

Con estos datos se le elabora un plan de cumplimiento ajustado a cada caso. Lo vuelven a citar, se lo explican, lo ajustan si es necesario y él tiene que aceptarlo. Si cambian sus circunstancias, por ejemplo, porque le salga un trabajo, cambia el plan. «En este país no existen los trabajos forzados. Tiene que aceptar voluntariamente el plan», indica un funcionario del juzgado.

Lo ideal, lo previsto en los protocolos de intenciones, es que los trabajos impuestos sirvan para reinsertar al delincuente y hacerle ver su error. Por ejemplo, que para delitos de tráfico vayan a hacer encuestas a la población sobre aspectos relacionados con la seguridad vial, participen en actividades de asociaciones de ayuda a las víctimas de accidentes, colaboran repartiendo folletos o contando su experiencia en autoescuelas e institutos en campañas de la DGT, acompañen a policías locales o guardias civiles o vayan a centros sanitarios o sociales (hospitales, urgencias, 112, Protección Civil...).

Ayuntamientos

¿Dónde se cumplen las condenas realmente? El catálogo de plazas disponibles se concentra en los ayuntamientos. Una inmensa mayoría de los de la provincia han firmado convenios con Instituciones Penitenciarias para dar la oportunidad a los penados de ese pueblo de cumplir allí. Además, hay algunas entidades colaboradoras que también dan a los penados la oportunidad de cumplir allí (Cruz Roja, alguna residencia de ancianos ...) Las jornadas no exceden de cuatro horas diarias y suelen ser labores livianas. La mayoría va los fines de semana. En la capital granadina hay incluso parroquias del distrito Norte que aceptan a este tipo de penados para efectuar trabajos de voluntariado en el barrio. «Algunos se quedan después echando una mano».

Las fuentes consultadas confirman que cada vez es más habitual el quebrantamiento de condena por no cumplir los trabajos pactados. ¿Son muchos casos? Las fuentes consultadas hablan de situaciones «frecuentes», pero no pueden dar una cifra concreta porque no se segregan estos quebrantamientos del resto en la estadística.

«Lo que está claro es que o se cumplen los planes o se enfrentan a un delito de quebrantamiento de condena. Parece que es menos grave que una privación de libertad. Pero es una pena dictada por un juzgado. Intentamos aplicar la máxima flexibilidad en beneficio del penado, pero el proceso no está exento del rigor de la justicia».

Los 754 penados de Granada no conocen Albolote, la cárcel, son presos sin prisión.

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