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El SAS debe indemnizar con 79.086 euros a los padres de un bebé fallecido a los 10 días de nacer

El parto se produjo en el Clínico y el Consultivo estima que se pusieron los medios, aunque no se valoraron bien las pruebas practicadas

Ángeles Peñalver

Miércoles, 17 de junio 2015, 01:28

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El Consejo Consultivo -órgano que asesora al SAS en aspectos relativos a reclamaciones patrimoniales- ha estimado que los padres de una bebé fallecida en el año 2008 a los diez días de nacer tienen derecho a percibir una indemnización de 79.086 euros debido a que los problemas de salud de la madre -y del feto, como se comprobó tras su nacimiento- durante la gestación fueron bien atendidos en cuanto a los medios empleados, aunque las pruebas no se interpretaron adecuadamente por parte de los profesionales. Según consta en el expediente al que ha tenido acceso IDEAL, la embarazada era de alto riesgo por su diabetes, por lo que se le realizaban controles periódicos que arrojaban un desarrollo fetal y una gestación normales.

Sin embargo, los reclamantes censuran que hasta la semana 32 no se detectó que la madre sufría preclampsia -tensión arterial elevada- y fue entonces cuando se le medicó contra esa patología. En una consulta programada a las 34 semanas de embarazo se detectaron edemas -hinchazón- en las piernas de la mujer y una tensión arterial de 17/11, por lo que fue ingresada para control de bienestar fetal en San Cecilio, donde se valoró la posible finalización del embarazo por el riesgo que podía suponer seguir adelante con éste. Tras hacerle varias pruebas a la mujer y monitorizar al feto, los obstetras determinaron que la niña y la embarazada estaban bien y controladas. Hasta aquí, dicen los expertos del Consultivo, toda la actuación médica es correcta, incluida la decisión de no provocar el parto.

Pero durante el ingreso de la madre se detectó una menor reactividad fetal - capacidad neurológica del feto a cambiar su frecuencia cardiaca-, ante lo que se debería haber hecho una prueba a la mujer, quien finalmente fue objeto de ese nuevo examen un día después de lo aconsejado en los protocolos. Según consta en el expediente, una vez se hizo ese nuevo control no se supo interpretar el resultado -y así lo indica la propia aseguradora del SAS-, que exigía una finalización inmediata del embarazo.

La cesárea se le practicó a la madre dos horas después de la obtención de los últimos resultados y la niña nació en parada cardiorrespiratoria, precisando maniobras de reanimación pulmonar avanzada. La menor falleció a los diez días de nacer. El Consultivo indica que habría que haber adelantado la cesárea, pero que ello no habría permitido garantizar el estado de salud de la recién nacida ni establecer en qué medida habría estado afectada, ya que, pese a que se le administró la medicación pertinente, nació con los pulmones inmaduros, como determinó la autopsia.

Como «el pronóstico neonatal era igualmente sombrío en caso de haber adelantado el nacimiento», el Consultivo considera correcto conceder a los padres el 75% de la cantidad que les correspondería según la legislación de seguros privados, 105.000 euros, lo que arroja 79.000 euros. Prácticamente la totalidad de los pronunciamientos del Consultivo son asumidos por el SAS, aunque en este caso queda por determinar si la reclamación se puso en el plazo correcto.

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