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El TSJA enmienda al gobierno local y permite que cualquiera grabe los plenos municipales

Una sentencia estima el recurso presentado por UPyD e invalida el artículo 117 del ROM, que dejaba en manos del alcalde la autorización

Daniel Olivares

Sábado, 5 de julio 2014, 01:42

En la época de las redes sociales, de los teléfonos inteligentes, de Youtube y de los 'selfies' (autorretratos) grabar un pleno del Ayuntamiento de Granada, ... hasta la fecha, está prohibido si no existe una autorización expresa de la presidencia, es decir, del alcalde. A partir de ahora, puede cambiar. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha enmendado al equipo de gobierno local y ha estimado el recurso presentado por la concejal de UPyD, Mayte Olalla, para que, entre otros, se elimine del Reglamento de Orgánico Municipal (ROM) el artículo 117, que señala que la grabación de las sesiones habrá de ser expresamente autorizada por la presidencia.

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