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Es el reverso del informe del Defensor del Pueblo que habla de chicos maltratados en centros

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Educadores denuncian 74 veces a los niños que tutelan por agredirles
Varios menores conversan en un centro de protección. / IDEAL
En España hay centros de protección de menores que usan métodos de control más propios del penal ilegal de Guantánamo que de un país comprometido con la defensa de los Derechos Humanos. Lo ha dicho el Defensor del Pueblo en un informe que ha levantado una notable polvareda. Las descripciones recogidas en ese estudio ponen los pelos de punta. La institución que dirige Enrique Múgica habla de la existencia de celdas de castigo, de un uso desproporcionado de la fuerza, de sedaciones para neutralizar a los muchachos levantiscos... Una auténtica película de terror que ya está siendo investigada por la Fiscalía.
Lo que no dice el informe es que hay otros centros de acogida de menores en los que la situación es justamente la inversa: las víctimas, los maltratados, son los educadores. Es la cara oculta de un problema al que el Defensor se refiere de refilón: lo ventila con un párrafo. Es un tema delicado y espinoso... pero que también pone los pelos de punta. Sobre todo, cuando se echa un vistazo a unas estadísticas que, en este caso, es imposible que sean frías: los monitores de un refugio para chavales problemáticos de la provincia de Granada han presentado ya 74 denuncias contra sus pupilos por agresiones físicas o verbales. Un buen número de esos incidentes han requerido la intervención directa de la Guardia Civil para practicar detenciones y restablecer el orden.
A pesar de todo, los profesionales no tiran la toalla. Siguen comprometidos con una tarea no siempre bien conocida pero indispensable: la protección y educación de menores de edad.
Mano dura
El personal del centro en cuestión, pensado para prestar atención especializada a niños con trastornos de conducta, interpuso 29 denuncias en 2007; 39, en 2008 y cuatro en lo que va de 2009. Los números son suficientemente elocuentes.
Paulatinamente, esas denuncias van llegando a los dos juzgados de Menores que existen en Granada, que, como mínimo, han celebrado ya una decena de vistas, la mayoría de las cuales han acabado con el internamiento de los procesados en correccionales. Pasan de ser niños protegidos a convertirse en infractores. El tratamiento es muy diferente. La Ley del Menor si permite la mano dura contra los delincuentes infantiles y juveniles.
Uno de los incidentes más sonados -llegó a tener repercusión pública- ocurrió en 2006, cuando el centro daba sus primeros pasos. Cuatro chicos fueron conducidos ante el juez por reventar la convivencia en la residencia. Los muchachos habían agotado la paciencia de unos educadores acostumbrados a tratar con jóvenes de conducta airada y antisocial. Su comportamiento superó todo lo imaginable: agresiones, amenazas constantes, insultos, broncas, destrozos en el centro.
Al menos dos de ellos ya habían sido procesados anteriormente por hechos parecidos: incluso uno ya tenía una condena firme por acoso violento a los trabajadores de otro refugio para menores desamparados. Dada la gravedad del los hechos, el juez acordó el internamiento provisional de tres de los sospechosos y el cuarto quedó en libertad vigilada. Era el comienzo de un largo historial de sucesos que no ha hecho más que crecer con el paso del tiempo.
Sin embargo, es una realidad a la que el Defensor del Pueblo sólo hace una breve referencia en su informe. Además, ese estudio derivó en un debate informativo en el que se mezclaron conceptos que poco tienen que ver. Resultado: confusión.
La institución que dirige Enrique Múgica visitó 27 centros dedicados, en principio, a la protección de menores difíciles -dos de las casas de acogida inspeccionadas están ubicadas en Andalucía, pero los técnicos no detectaron anomalías-. Otra cosa distinta son los reformatorios, es decir, las 'cárceles' para chavales -el término no es políticamente correcto, pero sí clarificador-.
En los primeros, no se puede tocar a los chavales. En los segundos, sí.
Los equívocos vienen cuando un centro de protección también lo es de internamiento, como es el caso de alguno de los que vio el Defensor. Y el reglamento de la llamada Ley del Menor tiene un apartado en el que se detallan los «medios de contención» permitidos en los correccionales: porras de goma, esposas, aislamiento...
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