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BIOÉTICA. Pablo Simón Lorda, uno de los redactores de la Ley andaluza de Muerte Digna. /LUCÍA RIVAS
«La ciencia ha cambiado el límite del principio y fin de la vida»
PABLO SIMÓN LORDA MIEMBRO DEL EQUIPO REDACTOR DE LA LEY ANDALUZA DE MUERTE DIGNA

«La ciencia ha cambiado el límite del principio y fin de la vida»

El doctor en Medicina afirma que la futura Ley de Muerte Digna protege el deseo de los pacientes y da soporte jurídico a los sanitarios

M. V. COBO

Lunes, 8 de septiembre 2008, 12:08

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Pablo Simón Lorda, doctor en Medicina y profesor de la Escuela Andaluza de Salud Pública, es uno de los redactores del anteproyecto de la Ley Andaluza de Muerte Digna y uno de los 'padres' de la ponencia que le dio origen. Miembro de los comités de bioética autonómico y andaluz, afirma que él, en la práctica médica, no necesitaría esta ley. «Pero muchos profesionales y pacientes sí». Y aclara: «Esta ley no regula la eutanasia».

-Las prácticas que se regulan en esta ley ya estaban recogidas en otras normativas. ¿Por qué era necesaria entonces?

-El tema de la muerte digna estaba en el debate social. Ha habido casos que han generado debates ciudadanos y sensación de inseguridad den los médicos, como el de Echevarría o el de Leganés. Parece oportuno generar una norma que venga a poner orden en esto y dé mas seguridad a ciudadanos y profesionales en ciertas prácticas del final de la vida.

-¿Qué novedades aporta entonces la futura ley andaluza?

-La primera gran novedad es que ayuda a diferenciar lo que es la eutanasia y suicidio asistido -tipificados como delito en el Código Penal- de otro tipo de actuaciones sanitarias que se están haciendo y se han denominado eutanasia de forma incorrecta. Especifica que hay tres tratamientos -limitación esfuerzo terapéutico, rechazo al tratamiento y la sedación paliativa- que no son eutanasia, son conforme a derechos, coherentes desde la ética y pueden estar en una norma. La primera gran novedad es que ayuda a distinguir actuaciones contrarias a derecho de las que no lo son.

-¿Cuáles son las garantías para el paciente?

-La ley regula cómo deben realizarse estas prácticas. Por ejemplo, en limitación del esfuerzo terapéutico. Los profesionales ven que en determinados momentos hay medidas terapéuticas que no benefician al paciente y sólo prolongan la sensación de sufrimiento. Esta ley indica, por ejemplo, que se necesita el concurso de tres profesionales sanitarios. Así se garantiza que no es algo subjetivo de un profesional. Y en caso de conflicto -cuando las familias tienen dudas- la ley restablece otra garantía, que es la consulta al comité de ética del hospital. Se le da mucho valor al derecho a cuidados paliativos, la atención domiciliaria si el paciente lo requiere, la intimidad de los pacientes que estén en ese proceso.

-Trata de ofrecer más autonomía al paciente

-Esta ley insiste en el derecho del paciente a conocer la verdad, que es una asignatura pendiente. Muchas veces las familias y los propios profesionales no saben cómo manejar el diagnóstico y el pronóstico. La ley insiste también en la obligación del médico de conocer los deseos del paciente al respecto. Los médicos deberán consultar el registro de voluntades vitales anticipadas. Todo tiene que ver con la percepción social de la muerte, que nos incomoda siempre. Incluso nos obsesiona detener el envejecimiento y eso es inhumano. Morir es un acto humano y hay que hacerlo de la mejor forma posible

-El código sancionador ha levantado polémica entre los médicos

-El hecho de que se haya resaltado el ámbito sancionador ha derivado el debate. No entiendo la reacción de los colectivos médicos y me da cierta pena. El plano de la ética y el derecho son diferentes. Toda norma jurídica lleva régimen sancionador. De hecho grandes leyes básicas sanitarias, como la Ley Básica de Autonomía de los Pacientes o la reciente Ley de Investigación Biomédica, lleva régimen sancionador. No estaremos acertados si nos centramos en las multas. Lo que me gustaría transmitir a los profesionales es que esta ley sólo viene a refrendar prácticas que ya estaban haciendo y les han generado inseguridad; viene a darles soporte jurídico. La ley también contempla la posibilidad de objeción de conciencia. Se puede entender que por motivos profesionales o ideológicos tenga dificultades para acogerse estas prácticas. Pero sí exige que, aunque un profesional alegue esta condición, no suponga minusvalorar los derechos de los pacientes.

-¿Se dan muchos casos de encarnizamiento terapéutico?

-Cuando uno habla con pacientes, casi todo el mundo relata situaciones en las cuales, a su entender, a su familiar se le extremó la aplicación de tratamiento. Eso se da en España y en toda Europa. No tenemos datos, pero sin duda se producen. Me sorprenden las declaraciones de algún colectivo que dice que no conoce casos de encarnizamiento terapéutico en Andalucía. Yo sí los conozco, pero forman parte de la práctica frecuente. El término encarnizamiento o ensañamiento es desafortunado. En la ley usamos el término obstinación terapéutica, que se refiere a cuando un profesional cree de buena fe que el tratamiento proporciona al paciente algún tipo de mejora, cuando todos los datos nos indican lo contrario. Pero no es producto de la saña de los profesionales, sino del exceso de celo profesional de los médicos.

-Asociaciones como Derecho a Morir con Dignidad (DMD) ¿dejarán de ser necesarias tras la ley?

-Todo lo que sea tejido de sociedad civil debe continuar. El papel de DMD en el debate sobre muerte digna en España es muy importante. Y no sólo en la labor de soporte emocional a pacientes que están en fase terminal. Su labor ha sido encomiable. Conforme se vaya regulando, cambiará de prioridades. Pero por ejemplo, DMD pide el suicidio asistido, que no lo contempla la ley.

-¿Confían en que la ley obtenga consenso político?

-Sí. De hecho, en la ponencia ya se analizaron las morales religiosas en detalle, porque son un elemento importante en la vida social, sobre todo la católica. El resultado es que la posición de la teología moral católica se opone a la eutanasia. Pero procurar la buena muerte aplicando la limitación del esfuerzo terapéutico, aceptando el rechazo del paciente al tratamiento o la sedación paliativa, están perfectamente aceptados. Si un profesional plantea objeción de conciencia y alega motivos religiosos, esto no es acertado.

-¿Por qué generan tantos conflictos los avances sobre el principio y final de la vida?

-En bioética lo llamamos la ética de los confines de la vida. Los últimos avances científicos han ido cambiando dónde están los límites del principio y dónde los del final. Antes, los moralistas tenían muy claro cuando podíamos decir que un embrión era persona humana -la Iglesia dice que es desde la fecundación-. Sin embargo, la ciencia ya no lo pone tan claro, que podamos hablar de persona humana, ética y jurídicamente, al cúmulo de células después de la fecundación. En la muerte nos pasa lo mismo. Situaciones como el estado vegetativo permanente nos cuestiona mucho. Tiene un funcionamiento biológico perfecto pero tiene perdida la conciencia, la capacidad para comunicarse. Son personas vivas biológicamente, pero el concepto de persona ha muerto. Son personas muertas en cuerpos vivos. Algunos salen del coma, pero hay que analizar en qué condiciones salen. Los avances de la ciencia permiten salvar vidas biológicas pero a costa de cercenar todos los otros niveles de la persona, su calidad de vida.

-Usted es médico, ¿qué le han dicho los compañeros de profesión sobre la ley?

-Muchos van a agradecer que esta ley aclare las prácticas que ellos hacen muchas veces con angustia. La limitación del esfuerzo terapéutico es una práctica habitual en todas las unidades de cuidados intensivos del mundo. Habrá desde profesionales que entiendan que es una ley reguladora de la actividad médica a otros que la vean como una norma agresiva.

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