Además, las mujeres afectadas por la violencia podrán acceder a estos servicios desde los centros del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y los Servicios de Atención a la Víctima en Andalucía (SAVA), y no sólo desde los juzgados y los Colegios de Abogados. La segunda opinión jurídica consistirá en un dictamen emitido por una comisión técnica constituida por estos últimos órganos, que darán prioridad a la tramitación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita cuando las efectúen víctimas de violencia de género. El nuevo reglamento dispone la creación de turnos de oficio específicos para los colectivos de menores e inmigrantes, lo que obligará a una mayor especialización de los profesionales, a los que se exigirá formación cada dos años.
Otra de las novedades recogidas es la simplificación de los requisitos documentales necesarios para acceder al servicio de justicia jurídica gratuita, que podrá ser solicitada a través de internet. Asimismo, se agilizará el pago, por parte de la Junta, de los servicios prestados por los profesionales de los turnos de guardia y de oficio, así como de los gastos de gestión y funcionamiento de los colegios de abogados y procuradores.
De esta forma, la Consejería de Justicia y Administración Pública tramitará en cada primer trimestre del año el pago al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados del 75 por ciento de la cantidad total estimada para sufragar las actuaciones de los profesionales, mientras que el 25 por ciento restante se abonará en el último trimestre.
Finalmente, el reglamento establece la creación de comisiones mixtas integradas por la Administración autonómica y los Consejos Andaluces de Colegios de Abogados y Procuradores, como instrumento de permanente comunicación y colaboración en materia de asistencia jurídica gratuita.








