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Los odontólogos tendrán que seguir colegiándose
Las colegiaciones forzosas se reducirán a menos de la mitad

Las colegiaciones forzosas se reducirán a menos de la mitad

El Gobierno reactiva el proyecto presentado hace un año y sobre el que Bruselas viene llamando la atención

José Antonio Bravo

Lunes, 7 de julio 2014, 19:42

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El Ejecutivo reducirá a menos de la mitad las profesiones que requieren de colegiación obligatorias, que pasarán de 80 a 38, centradas en las actividades de tipo sanitario, técnico y legal salvo que estén en régimen de dependencia laboral. Quedarán así fuera, por ejemplo los abogados de empresa o los arquitectos e ingenieros que trabajen en una compañía pero no firmen proyectos ni dirijan obras (o su ejecución). Según fuentes gubernamentales, se está ultimando el proyecto de ley correspondiente e incluso podría ser aprobado por el Consejo de Ministros este viernes.

Esta iniciativa legal, que fue una de las primeras que el Gobierno trató de promocionar ante la Comisión Europea como muestra de su afán reformista, ha tenido una tramitación realmente muy lenta. Su anteproyecto fue aprobado el 2 de agosto de 2013 y la previsión era que pasara al Parlamento en otoño, pero estuvo paralizado durante meses por el recelo de algunos colectivos que pretendían quedar fuera, al menos, de algunas modificaciones.

Finalmente, desde el Ministerio de Economía han retomado un tema clave para las actividades profesionales, aunque su efecto se note menos a pie de calle. Entre los principales cambios también está la limitación a 240 anuales de la cuota que han de pagar los profesionales por colegiarse. No obstante, se podrá incrementar ese techo si hay una mayoría cualificada, aunque habrá bonificaciones (de hasta el 75%) para los miembros en paro y tampoco se podrá obligar a la contratación de un seguro ofrecido por la propia institución.

Acabar con barreras autonómicas

Se eliminarán, asimismo, las barreras territoriales para la colegiación. De esta forma, bastará con inscribirse en un colegio de cualquier comunidad para ejercer en todo el país y tampoco habrá diferencias autonómicas para resolver qué inscripciones son obligatorias y cuáles no; en este caso, las competencias corresponderán al Estado.

Además, se establece un régimen de incompatibilidades para los responsables de los colegios que, por ejemplo, no podrán tener un cargo directivo en partidos políticos, asociaciones empresariales o sindicatos. Tampoco podrán contratar a cargos directos, ni recibir regalos o favores.

Según fuentes conocedoras del anteproyecto de ley de servicios y colegios profesionales que ultima el Gobierno, la cuota de inscripción en los colegios se suprimirá, en tanto que la cuota anual no podrá sobrepasar los 240 euros, aunque con la posibilidad de aumentarla por mayoría cualificada de tres quintos de la asamblea colegial.

Además, los colegios de pertenencia obligatoria deberán ofrecer bonificaciones del 75 % de la cuota a los profesionales en desempleo, y no se podrá exigir a los colegiados la contratación del seguro ofrecido por el colegio.

La colegiación será obligatoria para médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles, así como las ingenierías e ingenierías técnicas reguladas.

Quedarán fuera algunas de estas profesiones de las ramas legal y técnica cuando se practiquen en régimen de dependencia laboral, como por ejemplo los abogados de empresa y los arquitectos e ingenieros que no firmen proyectos ni dirijan obras

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