Edición

Borrar
Leo Messi. Afp
El 'caso Huerta', una práctica habitual entre famosos

El 'caso Huerta', una práctica habitual entre famosos

Hacienda ha inspeccionado a cantantes, futbolistas o actores por utilizar sociedades instrumentales y eludir una tributación mayor por el IRPF

David Valera

Madrid

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Miércoles, 13 de junio 2018, 14:11

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El problema del ministro de Cultura, Màxim Huerta, con Hacienda se basa en una práctica bien conocida por la Agencia Tributaria y a la que han recurrido numerosos famosos en los últimos años. Se trata de tributar sus ingresos de rendimientos del trabajo mediante una sociedad instrumental para ahorrarse una importante cuantía en impuestos. En el caso de Huerta la cifra del fraude alcanzó los 218.322 euros por los ejercicios 2006, 2007 y 2008. De esta forma, el ministro engrosa una lista en la que figuran cantantes, futbolistas y actores. Pero ¿en qué consiste esta forma de eludir las responsabilidades fiscales?

Muchos de estos famosos han recurrido a la creación de sociedades pagar menos impuestos. Un cantante, por ejemplo, monta una empresa sin empleados ni estructura, con un solo administrador y cuya única actividad consiste en facturar a través de ella todos los ingresos generados por los conciertos.

De esta forma, los elevados ingresos tributan mediante el Impuesto de Sociedades, cuyo tipo impositivo más elevado es el 25% (normalmente menos debido a las deducciones) y evitan hacerlo por el IRPF con un gravamen que podría llegar hasta el 48% en algunas comunidades. Por tanto, consiguen un ahorro en la tributación de más de 20 puntos. Posteriormente estas empresas pueden abonar una pequeña parte de esos ingresos al artista de turno de cara a la declaración de la renta.

En todos los casos, los afectados alegan en su defensa un cambio de criterio del fisco, algo que niegan desde el organismo. Desde el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) recuerdan que nunca ha sido legal usar una sociedad de forma instrumental como pantalla para «eludir el pago del impuesto».

En el caso de Huerta, creó en 2006 la sociedad Almaximo Profesionales de la Imagen SL de la que era único accionista y administrador para facturar su trabajo como presentador. Sin embargo, Hacienda considera que las sociedades constituidas para facturar ingresos generados por una sola persona suponen una forma de eludir impuestos. Además, según las sentencias, Huerta se desgravó de forma irregular gastos de «actividad artística» de trabajos que realizaba en Madrid.

Messi y Cristiano

En el caso de los futbolistas u otros deportistas, la creación de este tipo de empresas se utilizan para facturar los ingresos por derecho de imagen. Sin duda uno de los casos más mediáticos en este sentido es el de Leo Messi, convertido en el primer contribuyente de España al pagar 53 millones de euros a Hacienda. Gran parte de esa cantidad se debió a la presentación de declaraciones complementarias (fuera de plazo) de los últimos ejercicios en los que no había declarado los ingresos por derechos de imagen.

En esta ocasión, el problema radicaba en que la tributación por estas remuneraciones se realizaron a sociedades en el exterior sin pagar los impuestos sobre la renta. Un retraso que le acarreó, además, una sanción de 3 millones de euros. En una situación similar se encuentra Cristiano Ronaldo, que trata de llegar a un acuerdo con el Fisco para evitar el juicio.

Otro de los casos más mediáticos fue el de Juan Carlos Monedero. El politólogo y fundador de Podemos facturó a través de la sociedad Resistencia Motiva 2 Producciones SL los 425.150 pagados por varios gobiernos latinoamericanos (Venezuela, Bolivia, Nicaragua y Ecuador) por asesoría para la implantación de una moneda común. El problema, una vez más, está en que dicha sociedad carece de empleados y tiene como administrador único a Monedero. En su caso, regularizó la situación con Hacienda mediante una declaración complementaria que sólo le supuso un recargo por demora.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios