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Varios vecinos de Barcelona cuelgan pancartas contra los alquileres turísticos. Albert Gea (Reuters)
Los alquileres de lujo y el 'crowdfunding' deberán cumplir la ley de blanqueo

Los alquileres de lujo y el 'crowdfunding' deberán cumplir la ley de blanqueo

El Ejecutivo obliga a estas plataformas a identificar a sus usuarios y comprobar que el origen del dinero que invierten o utilizan es lícito

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Viernes, 9 de febrero 2018

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La Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo tiene que adaptarse a la normativa europea y el Gobierno se ha puesto manos a la obra. Así, el consejo de ministros dio este viernes luz verde a la primera vuelta del anteproyecto de ley y aprovechó de paso para ampliar el colectivo de afectados por esta norma.

Así, se añaden como sujetos obligados a aplicar las medidas contra el blanqueo a aquellos que intermedien en alquileres con renta mensual superior a 10.000 euros y las plataformas de financiación participativa, conocidas como 'crowdfunding'. De esta manera, el Gobierno obliga a plataformas como Airbnb a identificar a sus usuarios y comprobar la identidad de sus clientes, así como a investigar si el origen del dinero que invierten o utilizan en estas actividades es lícito.

A su vez, la nueva norma establece que bancos, aseguradoras, despachos de abogados y demás sujetos obligados deberán desarrollar mecanismos de denuncia interna para favorecer la identificación de conductas erróneas dentro de las organizaciones, mientras que el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) contará con un sistema eficiente para recibir y canalizar denuncias.

La norma también endurece el control de la actividad de las personas con responsabilidad pública (Politically Exposed Persons o PEPs), que en la actualidad incluyen las de comunidades autónomas y entidades locales. Lo que pretende es que el tratamiento para las personas de relevancia pública sea igual para españoles y extranjeros. Hasta ahora la intensidad de los nacionales se determinaba caso por caso, mientras que los foráneos están sometidos a especial seguimiento de manera general (conocimiento del origen de los fondos del cliente, análisis más intenso de la operativa que realiza y la revisión anual de la información y la documentación que maneja).

Asimismo, se creará un registro de prestadores de servicios a sociedades, que contendrá los sujetos cuya actividad sea la creación de sociedades para terceros o cesiones de domicilio, entre otras.

Otra de las modificaciones que recoge el anteproyecto es referente a las sanciones por incumplimiento. En este sentido, las multas máximas se elevan del actual 5% del patrimonio neto de la entidad hasta el 10% del volumen de negocio consolidado del grupo.

Finalmente, se refuerzan también los sistemas de cooperación entre supervisores europeos dedicados a esta materia.

El texto deberá obtener los dictámenes correspondientes y volverá de nuevo al Consejo de Ministros para ser aprobado como Proyecto de Ley e iniciar la tramitación parlamentaria.

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