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El exgobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.
El juez rechaza citar como investigado a Fernández Ordóñez por los correos de Bankia

El juez rechaza citar como investigado a Fernández Ordóñez por los correos de Bankia

El magistrado se opone a la petición de la acusación popular contra el exgobernador del Banco de España y otros siete directivos del organismo por la salida a Bolsa de la entidad

colpisa

Lunes, 28 de noviembre 2016, 13:55

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El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu rechaza citar como investigados al ex gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, y otros siete directivos de esa entidad y de la CNMV, tal y como habia solicitado la acusación popular Confederacion Intersindical de Credito (CiC) tras conocerse los correos electrónicos del entonces jefe de inspección encargado de Bankia, José Casaus, en los que advertía del riesgo de que la entidad financiera saliese a Bolsa.

En su auto Andreu, después de analizar esos correos, recuerda que las decisiones de gestión son exclusiva responsabilidad de los órganos de administración y dirección de las entidades, y en este caso "fueron los Consejos de Administración de BFA y de Bankia quienes decidieron, entre las distintas alternativas posibles, cuál adoptar, y así, en las Reuniones de los Con sejos de Administración de BFA y de Bankia celebradas ambas en fecha de 28 de junio de 2011".

Es decir, el magistrado considera que la decisión final de la salida a Bolsa de Bankia fue adoptada, en el marco de sus exclusivas competencias, por los órganos de administración y gestión, "decisión perfectamente legítima, y que no por errónea que finalmente hubiera podido ser, deba ser objeto de una investigación en sede penal".

El magistrado hace constar que en este procedimiento no se investiga si la decisión de salida al parqué de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba Jose Antonio Casaus, fue errónea. Tanto el instructor, como la Sala de lo penal, han encuadrado las conductas en el código penal y la conducta básica consiste en derimir si se ha falseado la información económica financiera contenida en los folletos de emisión o las informaciones que la sociedad deba publicar y difundir conforme a la legislacion del mercado de valores.

Otros cauces de expresión

En su auto el juez añade también que, junto al caracter informal y espontáneo de los mencionados correos electronicos, existen cauces oficiales y administrativos para que los inspectores puedan exponer sus apreciaciones en la labor de seguimiento y supervisión de la entidad, cauces que se traducen en los llamados "informes de seguimiento" en donde se expresa, "con el debido rigor, el resultado del trabajo de la Inspección del Banco de España desplazada a Bankia" informes que " ya obran en autos y de los que no se desprende, como tampoco se puede derivar de los correos electrónicos, que los altos funcionarios del Banco de España o de la CNMV participasen de forma dolosa por acción u omisión en el delito que es objeto del presente procedimiento".

El juez recuerda como en autos anteriores que no puede exigirse la garantia absoluta de que no se produzcan decisiones erróneas en los distintos sistemas. Pero la mera existencia de disfunciones no constituye, per se, título de imputación suficiente para reclamar una responsabilidad de carácter penal

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