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EFE
La Junta sancionará con hasta 120.000 euros a las empresas y entidades que discriminan a la mujer

La Junta sancionará con hasta 120.000 euros a las empresas y entidades que discriminan a la mujer

El paquete sancionador de la reforma de Ley de Igualdad incluye la publicidad que utiliza el cuerpo de la mujer como reclamo y el lenguaje sexista

Maria Dolores Tortosa

SEVILLA

Martes, 6 de marzo 2018, 16:11

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El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana la modificación de la Ley para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía con la inclusión por primera vez de un régimen sancionador para aquellas empresas y entidades que discriminen a la mujer. La Ley de Igualdad andaluza data de 2007, un año después de aprobarse la ley nacional en el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. La consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, ha explicado que la reforma mantiene intacto el texto en vigor, pero añade contenidos para dar a la Administración autonómica mayor capacidad de actuación contra la discriminación, tanto en el ámbito sancionador como en el de las políticas activas. “También refuerza el papel de la sociedad y de la coeducación”, ha subrayado la consejera.

La principal novedad es la incorporación de un régimen sancionador con multas desde 6.000 hasta 120.000 euros que permitirá a la Junta, dentro de sus competencias, actuar para evitar situaciones de desigualdad y discriminación. El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) será el órgano que vigile y ponga en marcha las acciones, incluida la remisión a la Inspección de Trabajo de aquellos casos que lo requieran.

Las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves. Dentro de las graves, con sanciones hasta 60.000 euros, la ley penaliza la realización de campañas de publicidad o anuncios que utilicen el cuerpo de las mujeres o partes del mismo como reclamo publicitario, desvinculado del producto anunciado, o que utilicen la imagen de las mujeres asociada a comportamientos que justifiquen o inciten a la prostitución o a la violencia contra ellas.

Entre las muy graves, con multas de 60.000 hasta 120.000 euros, la ley estipula que lo serán el comportamiento contrario a los derechos previstos en esta ley, de naturaleza sexual o no, realizado en función del sexo de una persona, que produzca el efecto de atentar contra su dignidad, creando un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo para la misma; La represalia o trato vejatorio que reciba una persona como consecuencia de haber presentado una queja, reclamación o denuncia destinada a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del deber de igualdad de trato entre mujeres y hombres; El empleo de un lenguaje discriminatorio o la transmisión de mensajes o imágenes estereotipadas de subordinación de las mujeres a los hombres o de la desigualdad entre ambos sexos, en los medios de comunicación públicos de Andalucía o en aquellos otros medios de comunicación que reciban subvenciones públicas.

Como infracciones graves también se citan: La negativa absoluta a la acción investigadora del IAM o de la actuación inspectora de la administración de la Junta; La realización de actos o comportamientos que dificulten o impidan el ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley y que constituyan o causen discriminación por razón de sexo; La elaboración, utilización o difusión, en centros doncentes de la Comunidad autónoma de Andalucía, de libros de texto y materiales curriculares que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su sexo, o que utilicen la imagen de las mujeres asociada a comportamientos que justifiquen o inciten a la prostitución o a la violencia; Realizar actos o comportamientos que atenten a la dignidad de los participantes o que constituyan discriminación en la celebración de pruebas deportivas y convocatorias de premios deportivos; Organizar o desarrollar actos culturales, artísticos o lúdicos que por su carácter sexista o discriminatorio por razón de sexo, o justifiquen o inciten a la prostitución o a la violencia de género.

Como infracciones leves, con multas hasta los 6.000 euros, la reforma de la ley establece que serán penalizadas: La insuficiente o parcial colaboración durante la acción investigadora e inspectora del IAM; y las acciones u omisiones tipificadas como graves o muy graves, cuando se hayan cometido por imprudencia o simple negligencia y no deban ser calificadas como tales.

La consejera de Igualdad también ha subrayado como líneas prioritarias de la ley la coeducación, de forma que todas las etapas educativas deberán incluir en su desarrollo curricular conocimientos sobre la contribución histórica de las mujeres, autocuidado y corresponsabilidad en el ámbito doméstico, resolución pacífica de conflictos y prevención de la violencia de género. Una comisión de personas expertas se encargará de la revisión de estos contenidos, tanto en el lenguaje como en imágenes, en los libros de texto y materias curriculares. La Junta obligará a todos los centros educativos a desarrollar planes de igualdad.

También las universidades deberán incluir enseñanzas obligatorias de igualdad en sus planes de estudios, con especial incidencia en el grado, master y doctorado en Ciencias de la Educación.

El texto incluye novedades en el ámbito socioeconómico como la elaboración del Plan Especial contra la Desigualdad Salarial, de carácter autonómico. Sánchez Rubio recalcó que estas medidas se harán en colaboración con la Consejería de Empleo y destacó una programación de medidas para combatir la discriminación laboral y el acoso sexual. La ley establece la creación de registros de planes de igualdad en las empresas y estudios para analizar diferencias retributivas.

La norma especifica la reserva de al menos un 40% de las plazas de cursos de formación a personas incorporadas al servicio después de permisos de conciliación de la vida familiar y laboral en excedencias por cuidado de menores o dependientes, así como por violencia de género.

Otra novedad afecta al empleo público: Las normas reguladoras de los procesos selectivos en empleo público dará prioridad, en igualdad de mérito y capacidad, al sexo menos representado en los niveles y especialidades donde su presencia sea menor al 40%. Se trata de forzar que los sectores públicos con menos mujeres, como Agricultura e Innovación, tengan alguna facilidad para ello.

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