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Incendio de la cueva de La Molineta. EFE
Régimen semiabierto a uno de los menores del incendio de la cueva de La Molineta

Régimen semiabierto a uno de los menores del incendio de la cueva de La Molineta

La resolución dispone que el adolescente, de 15 años, cumpla cinco meses en este régimen frente a los 12 meses de libertad vigilada a los que fue condenado

EUROPA PRESS

ALMERÍA

Sábado, 10 de febrero 2018, 12:22

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El Juzgado de Menores de Almería ha ordenado el internamiento en régimen semiabierto de uno de los tres menores condenados a libertad vigilada por amenazar a uno de los testigos del incendio en un casa-cueva de La Molineta el que murieron un joven y dos chicas al detectar que no está cumpliendo con las medidas de seguimiento que se establecieron en la sentencia.

La resolución dispone que el adolescente, de 15 años, cumpla cinco meses en este régimen frente a los 12 meses de libertad vigilada a los que fue condenado y que comenzó a cumplir en octubre de año pasado, según han informado a Europa Press fuentes judiciales. La decisión se adoptó en el marco de una vista que se celebró la semana pasada para valorar la conveniencia de sustituir la medida en fase de ejecución y pendiente de cumplimiento.

La sentencia, por conformidad, ordenó que debía someterse a seguimiento escolar, participar en un taller de resolución de conflictos y en un programa de deshabituación de sustancias tóxicas y de control de impulsos pero el juzgado ha constatado el incumplimiento de algunas de estas premisas.

El Juzgado de Menores le condenó junto a otros dos adolescentes que fueron detenidos por amenazar y agredir presuntamente a uno de los testigos del incendio mortal para que "cambiase la declaración" judicial en la que señalaba al hermano de uno de ellos como supuesto autor material del fuego.

El menor, al igual que los coacusados, reconoció los hechos y aceptó las penas solicitadas por la Fiscalía de Menores. Los tres fueron condenados, asimismo, por un delito contra la administración de Justicia, a no poder mantener durante dos años comunicación alguna con los implicados en la causa principal.

El fallo señaló que, puestos de "común acuerdo y según lo previamente convenido", quedaron con la víctima en abril de 2017 con el objetivo era "amedrentarlo para que cambiara su declaración que imputaba al hermano de uno de ellos". Una vez que los cuatro se encontraron en el sitio convenido, comenzaron a discutir por la intervención de la víctima en la investigación por el citado fuego en la cueva, "subiendo de tono" la riña hasta que el mayor de ellos, de 17 años, le amenazó: "como no cambies la declaración y mi hermano vaya dentro, voy a venir a buscarte", le dijo para, a continuación, agredirle.

En la causa principal, el juez de Menores condenó a ocho años de internamiento en régimen cerrado y cinco años de libertad vigilada al menor de 16 años que prendió fuego con un mechero a un sofá y causó el incendio aunque consideró que no actuó con ningún "móvil espúreo, y menos aún" con ánimo de matar y descartó que actuase movido "por venganza por una deuda no cobrada".

La sentencia, recurrida en apelación, impuso, asimismo, al otro encausado por un delito de incendio, en este caso por imprudencia grave, en concurso ideal con tres delitos de homicidio, la medida de tres años de internamiento terapéutico en régimen cerrado con deshabituación de sustancias tóxicas y cinco años de libertad vigilada. Minutos antes de que ardiese el sofá, precintó "horizontalmente con cinta adhesiva" la puerta de madera que había en el acceso de la casa-cueva donde estaban los tres fallecidos, "dificultando la salida de la misma" si bien lo hizo con "intención de gastarles una broma".

En su caso, estimó que en la actuación de este menor de 17 años hubo imprudencia y señala que el hecho de que intentase "apagar el fuego con un cojín" cuando este fue aumentando de proporciones "determinó que fuera a más en lugar de disminuir, dado el material inflamable del que estaba hecho", lo que "contribuyó a favorecer la propagación del incendio".

El fallo también condenó a medidas de régimen semiabierto y de libertad vigilada a los otros tres menores enjuiciados por omisión del deber de impedir delitos ya que señaló que presenciaron lo que estaba sucediendo y los "intentos por apagar el fuego" pese a lo que se mostraron "fríos y pasivos, sin hacer absolutamente nada para evitar que el fuego aumentara sus dimensiones". "Únicamente cuando el desenlace fue ya inevitable, uno de ellos, hermano del que prendió fuego al sofá, llamó al 112 y acto seguido, los tres fueron a pedir ayuda", apuntilló.

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