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Aparcamiento de Nuestra Señora de Montserrat, propiedad de la Diócesis de Almería.
El Obispado asegura financiar con los 'parkings' su actividad «parroquial, educativa y social»

El Obispado asegura financiar con los 'parkings' su actividad «parroquial, educativa y social»

Responde así a la petición socialista al Consistorio para que se plantee ya el cobro del IBI de dichas propiedades, exentas de pago por los acuerdos firmados con la Santa Sede

Sergio González Hueso

Sábado, 10 de diciembre 2016, 02:29

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El Obispado de Almería emitió ayer un comunicado asegurando que el dinero que saca de los arrendamientos de dos aparcamientos propiedad de la Diócesis almeriense los destina a su actividad «parroquial, educativa y social». Así responde al Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Almería y a este diario, en sendas informaciones en las que se ponía de relieve el usufructo económico de ambos bienes por la Iglesia pese a estar ambos exentos de pagar el IBI.

En su comunicado, desde la institución almeriense quisieron recordar que ambos inmuebles se encuentran cedidos a terceros en arrendamiento por el Obispado de Almería, que como entidad de la Iglesia Católica está acogido a lo que determina el acuerdo internacional sobre asuntos económicos entre el Estado Español y la Santa Sede, de 3 de enero de 1979. «En el artículo IV de dicho texto legal, así como en el apartado 1 del artículo 15 de la Ley 49/2002, se reconoce la exención del IBI de aquellos bienes inmuebles de titularidad religiosa, tanto de aquellos que no estén afectos a explotación económica -templos, casas de formación religiosa y de espiritualidad y otros del mismo orden-, como de aquellos otros bienes que, estando afectos a actividad económica, como es el caso de los aparcamientos, resulten exentos en el Impuesto sobre Sociedades como sucede, entre otras exenciones, con los arrendamientos de bienes inmuebles».

Apoya así sus argumentos en la jurisprudencia que hay sobre la materia, «muy abundante», según señala. Como ejemplo cita el comunicado el dictamen de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en su sentencia de casación 1538/2014, de 4 de abril, en la que vino a pronunciarse en que si se trata de entidades de la Iglesia católica del artículo IV del acuerdo con la Santa Sede, les resulta de aplicación la exención en el IBI prevista en la normativa antes referida respecto a los inmuebles de que sean titulares catastrales y sujeto pasivo estas entidades, «siempre que no estén afectos a explotaciones económicas y los que estén afectos a explotaciones económicas cuyas rentas se encuentren exentas del Impuesto sobre Sociedades en virtud del apartado 2 del art. 6 de la ley 49/2002».

«Es decir, que en tanto que una determinada actividad económica (como es el caso de los arrendamientos), se encuentra exenta del Impuesto sobre Sociedades, le es aplicable la exención en virtud del último precepto invocado, apartado 2 del artículo 6 de la Ley 49/2002», cita el Obispado, que lo relaciona con el caso de los aparcamientos objeto de polémica. Así, en la nota remitida a los medios, se quiere hacer constar que tales alquileres no tienen como finalidad una actividad económica lucrativa para la Diócesis de Almería, pues el cobro está destinado a la «financiación de la actividad parroquial, social y educativa desarrollada por la Iglesia en los dos inmuebles», aclara.

Por otro lado, en la mencionada nota se hace hincapié en que la empresa que desarrolla la actividad económica sirviéndose de los 'parkings', está sometida a las imposiciones fiscales que se derivan de dicha actividad económica y que afectan al Impuesto sobre Sociedades. «Si no fuera así, se cargaría el impuesto dos veces sobre los mismos inmuebles: por el arrendamiento, que en el caso que referimos goza de la exención de la ley, y por la actividad económica lucrativa de terceros», concluye.

Cabe recordar que esta declaración viene como consecuencia de la denuncia que el pasado mes de noviembre realizó el Grupo Municipal Socialista, tras hacerse con una relación de bienes exentos de pagar el IBI dada a conocer ayer por este diario. El portavoz de los socialistas censuró que la Iglesia posea dos aparcamientos exentos de IBI -uno en la calle Limoneros y otro en Santiago, 97 y 324 plazas- los cuales gestiona y explota una empresa ajena a la institución.

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