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Los tribunales de jurado se celebran en las salas de vistas de la Audiencia Provincial, en el Palacio de Justicia de la capital almeriense.
Llamados a juicio... por la diosa fortuna

Llamados a juicio... por la diosa fortuna

La Oficina del Censo Electoral ha dado a conocer la lista bienal de 2.000 candidatos a ejercer la labor ciudadana de jurado popular en la provincia

M. C. / C. R. / F. J.

Domingo, 30 de octubre 2016, 01:22

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En las próximas semanas, a su buzón puede llegar una carta que le anuncie que es uno de los 2.000 almerienses con posibilidades de ser llamado para formar parte de un jurado popular durante los dos próximos años. La Audiencia Provincial ya ha mandado el listado de los 'agraciados' para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), cuya lista provisional ya ha visto la luz.

Que su nombre esté entre los elegidos es pura suerte. Una lotería fruto de un sorteo de la Oficina del Censo Electoral que se realiza todos los años pares para configurar una lista de candidatos a los que se les irá llamando para los procedimientos con jurado popular que se señalen en los dos próximos años. La imposición de la pena y la redacción de la sentencia corresponden al magistrado, pero en este tipo de juicios los encargados de inclinar la balanza y emitir su veredicto en base a las pruebas aportadas son las nueve personas anónimas que conforman el jurado, a las que se les paga 67 euros por sesión más gastos de desplazamiento y dietas. Todo muy de película, pero en la vida real.

Esta suerte de lotería se celebró el pasado mes de septiembre y en el bombo figuraban todos los mayores de edad que aparecen en el censo electoral de la provincia, tal y como establece la Ley del Tribunal del Jurado de 1995. Partiendo de esa base de datos, se extrae un número aleatorio que identifica al primer elector y a partir de ahí se van incorporando el resto para conformar una lista de candidatos.

Para saber si está entre los agraciados, lo primero que puede hacer es consultar la lista provisional de candidatos que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) o consultar los listados que deben estar expuestos en todos los ayuntamientos del territorio almeriense.

Motivos para librarse

Teniendo en cuenta que pocos ciudadanos consultan el Boletín Oficial de la Provincia y los tablones de anuncios de los consistorios, durante lo que queda de mes irán llegando a los buzones de los seleccionados una notificación oficial en la que se les comunica su inclusión en la lista, además de entregarle la información correspondiente sobre las causas de incapacidad, incompatibilidad o excusa que se pueden alegar para ser excluido de este listado bienal.

Las reclamaciones se pueden presentar durante la primera quincena de noviembre y deben quedar resueltas antes de que finalice el mes. A partir de ese momento se publicarán las listas definitivas de los candidatos a ser convocados para formar parte de un jurado popular, siempre para juzgar algún delito cometido en la provincia de Almería. En cada causa se designan a 36 personas, también por sorteo, para así tener margen en el caso de que la Fiscalía o las defensas recusen a algunos de los candidatos. Finalmente se selecciona a 11 tras un contacto-entrevista con los posibles candidatos preelegidos; en este sentido, cabe reseñar que no cumplir con este deber conlleva una sanción de entre 150 y 1.500 euros.

Tal y como está reglado a nivel nacional, cualquier ciudadano puede ser citado para formar parte de un jurado salvo personalidades del Estado (Familia Real, miembros del Gobierno, presidentes autonómicos, diputados, concejales.), jueces, abogados, efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o funcionarios de prisiones. Además, se pueden excusar los mayores de 65 años, los que residan en el extranjero, quienes hayan ejercido de jurado en los últimos cuatro años, quienes desempeñen un trabajo relevante de interés general cuya sustitución originaría importante perjuicios, los militares cuando concurran razones de servicio o a quienes por cargas familiares les suponga un grave trastorno.

Todos ellos, según la ley del jurado, que ya tiene más de dos décadas, podrán participar en enjuiciamientos de determinados delitos como homicidios y asesinatos, cohecho, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias, entre otros.

Para ser jurado no hace falta tener conocimientos de derecho. No en vano, durante el procedimiento se les explica a los participantes que sólo deben observar si hay pruebas suficientes que demuestren unos hechos. «Legos en derecho» les llaman.

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